temas variados
Miércoles 1 de mayo de 2013
Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y
Certificación de la Calidad de la Educación Superior
Universitaria – CONEAU, se encuentra la de aprobar las
normas que regulan la autorización y funcionamiento de
las entidades evaluadoras con fines de acreditación, y de
las entidades certificadoras;
Que, mediante Resolución Nº 040-2009-SINEACE/
P,de fecha 20 de noviembre del 2009, se dispuso la
expedición del correspondiente Diploma que acreditó como
Evaluadores de Competencias Profesionales a cincuenta y
un (51) profesionales que aprobaron satisfactoriamente el
Curso de Especialización en Evaluación de Competencias
Profesionales co-organizado con el Colegio Médico del
Perú, teniendo como vigencia dichos Diplomas hasta el
mes deoctubre del 2012;
Que, en Sesión Ordinaria del 11 de marzo del 2013, el
Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la
Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU,
mediante Acuerdo Nº 174-2013-CONEAU, acordó aprobar
la solicitud de otorgar por única vez y hasta el mes de
setiembre del 2013, la prórroga de la vigencia del diploma
de Evaluador de Competencias de losprofesionales
médicos comprendidos en los alcances Resolución Nº
040-2009-SINEACE/P y cuyas certificaciones vencieron
en octubre del 2012;
Que, en Sesión Ordinaria Nº049 del 08 de abril de
2013, el Consejo Superior del SINEACE, mediante
Acuerdo Nº 194-2013-SINEACE, acordó formalizar a
través de Resolución la aprobación de la prórroga de la
vigencia del Diploma de Evaluador de Competencias de
losprofesionales médicos antes referidos, contenida en el
Acuerdo Nº 174-2013-CONEAU;
De conformidad a lo dispuesto en la Ley N°
28740 “Ley del Sistema de Evaluación, Acreditación y
Certificación de la Calidad Educativa” y su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED y
la Resolución Ministerial Nº 0500-2012-ED.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Oficializar la prórroga de lavigencia
del Diploma de Evaluador de Competencias de los
profesionales médicos comprendidos en la Resolución Nº
040-2009-SINEACE/P y cuya relación se detalla en anexo
adjunto, precisándose que la referida prórroga es otorgada
por única vez y hasta el 30 de setiembre del 2013.
Artículo 2°.- Disponer la anotación de la prórroga antes
referida, en el Registro de Especialistas en Evaluación deCompetencias Profesionales del Consejo de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación
Superior Universitaria – CONEAU.
Artículo 3°.- El Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa
publicará la presente Resolución en su portal institucional
http://www.sineace.gob.pe/. Asimismo lo hará el Consejo
de Evaluación, Acreditación yCertificación de la Calidad
de la Educación Superior Universitaria en su página Web
http://www.coneau.gob.pe/.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta
SINEACE
930857-3
Oficializan la Acreditación de la carrera
Profesional de Enfermeria Técnica
del Instituto de Educación Superior
Tecnológico Privado “Madre Josefina
Vannini”
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL
CONSEJOSUPERIOR
Nº 041-2013-SINEACE/P
493927
de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad
de la Educación Superior No Universitaria - CONEACES.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28740, a través de su artículo 5°
establece como finalidad del Sistema Nacional de
Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad
Educativa (SINEACE), el garantizar a la sociedad que las
institucioneseducativas y privadas ofrezcan un servicio
de calidad, con el propósito de optimizar los factores
que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de
las destrezas y competencias necesarias para alcanzar
mejores niveles de calificación profesional y desarrollo
laboral;
Que, de conformidad con lo establecido en el
artículo 15°1 y 16°, inciso c), de la Ley N° 28044 “Ley
General de...
Regístrate para leer el documento completo.