Temas variados
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 1, Considerando lo siguiente: (1) Mediante el Reglamento (CE) no 1126/2008 dela Comisión (2), se adoptaron una serie de normas internacionales e interpretaciones existentes a 15 de octubre de 2008. (2)En mayo de 2008, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) publicó las Mejoras de las Normas Internacionales de Información Financiera, en lo sucesivo «las Mejoras», en el marco del proceso anual de mejora destinado a racionalizar y clarificar las normasinternacionales de contabilidad. Las Mejoras incluyen 35 modificaciones de las normas internacionales de contabilidad existentes, divididas en dos partes. La parte I contiene modificaciones que suponen cambios contables en la presentación, el reconocimiento o la valoración, en tanto que la parte II se refiere a cambios terminológicos o enmiendas en la redacción. (3) La consulta con el Grupo deExpertos Técnicos (TEG) del Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) confirma que las Mejoras cumplen los criterios técnicos para su adopción, establecidos en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1606/2002. De conformidad con la Decisión 2006/505/CE de la Comisión, de 14 de julio de 2006, por la que se crea un grupo de estudio del asesoramiento sobre normascontables que orientará a la Comisión sobre la objetividad y neutralidad de los dictámenes del Grupo consultivo europeo en materia de información financiera (EFRAG) (3), dicho grupo de estudio del asesoramiento sobre normas contables ha examinado el dictamen del EFRAG referente a la incorporación y ha asesorado a la Comisión acerca de su carácter equilibrado y objetivo. (4) Procede, por tanto,modificar el Reglamento (CE) no 1126/2008 en consecuencia. (5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Reglamentación Contable. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El anexo del Reglamento (CE) no 1126/2008 queda modificado como sigue: 1) La Norma Internacional de Información Financiera 5 (NIIF 5) queda modificada con arreglo a lo previsto en elanexo del presente Reglamento. 2) La Norma Internacional de Contabilidad no 1 (NIC 1), la NIC 8, la NIC 10, la NIC 16, la NIC 19, la NIC 20, la NIC 23, la NIC 27, la NIC 28, la NIC 29, la NIC 31, la NIC 34, la NIC 36, la NIC 38, la NIC 39, la NIC 40 y la NIC 41 quedan modificadas con arreglo a lo previsto en el anexo del presente Reglamento. 3) La NIIF 1 se modifica de conformidad con lasmodificaciones de la NIIF 5, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento.
-------------------(1) DO L 243 de 11.9.2002, p. 1. (2) DO L 320 de 29.11.2008, p. 1. (3) DO L 199 de 21.7.2006, p. 33.
4) La NIC 7 se modifica de conformidad con las modificaciones de la NIC 16, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 5) La NIIF 7 y la NIC 32 se modifican de conformidad con lasmodificaciones de la NIC 28 y la NIC 31, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 6) La NIC 16 se modifica de conformidad con las modificaciones de la NIC 40, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 7) La NIC 41 se modifica de conformidad con las modificaciones de la NIC 20, tal como figuran en el anexo del presente Reglamento. 8) La NIIF 5, la NIC 2 y la NIC 36 se modifican de...
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