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TÍTULO II
DE LOS DELITOS
Capítulo I
De los Delitos Contra los Sistemas que Utilizan Tecnologías de Información.
Artículo 6. Acceso indebido. Todapersona que sin la debida autorización o excediendo la que hubiere obtenido, acceda, intercepte, interfiera o use un sistema que utilice tecnologías de información, será penado con prisión de uno acinco años y multa de diez a cincuenta unidades tributarias.
Artículo 11. Espionaje informático. Toda persona que indebidamente obtenga, revele o difunda la data o información contenidas en unsistema que utilice tecnologías de información o en cualquiera de sus componentes, será penada con prisión de tres a seis años y multa de trescientas a seiscientas unidades tributarias.
La pena seaumentará de un tercio a la mitad, si el delito previsto en el presente artículo se cometiere con el fin de obtener algún tipo de beneficio para sí o para otro.
El aumento será de la mitad a dostercios, si se pusiere en peligro la seguridad del Estado, la confiabilidad de la operación de las instituciones afectadas o resultare algún daño para las personas naturales o jurídicas, comoconsecuencia de la revelación de las informaciones de carácter reservado.
Artículo 12. Falsificación de documentos. Quien, a través de cualquier medio, cree, modifique o elimine un documento que seencuentre incorporado a un sistema que utilice tecnologías de información; o cree, modifique o elimine datos del mismo; o incorpore a dicho sistema un documento inexistente, será penado con prisión de tresa seis años y multa de trescientas a seiscientas unidades tributarias.
Cuando el agente hubiere actuado con el fin de procurar para sí o para otro algún tipo de beneficio, la pena se aumentaráentre un tercio y la mitad. El aumento será de la mitad a dos tercios si del hecho resultare un perjuicio para otro.
Capítulo II
De los Delitos Contra la Propiedad
Artículo 14. Fraude. Todo...
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