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Páginas: 15 (3511 palabras) Publicado: 28 de enero de 2012
TEMA 4 CLASES DE CONTRATOS DE TRABAJO. |
volverINTRODUCCIONTanto la legislación como la doctrina de los autores utilizan el criterio del tiempo para clasificar los contratos laborales. Así pues, atendiendo a la duración del contrato, se distinguen la contratación indefinida y la contratación temporal. En este sentido, el artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores de 24/Marzo/1995 señala queel contrato de trabajo podrá concertarse por tiempo indefinido o por una duración determinada.E1 contrato indefinido es el que las partes pactan sin fijar un término final, para que sus prestaciones se prolonguen indefinidamente en el tiempo. E1 contrato de duración determinada o la contratación temporal es aquella en que las partes pactan un término o plazo para la realización de susprestaciones, por lo que el contrato no puede prolongarse indefinidamente en el tiempo. Vamos a analizar cada una de las categorías descritas y sus modalidades.CONTRATACION INDEFINIDASe podrá concertar con los trabajadores incluidos en los siguientes grupos:a) Trabajadores desempleados que tengan alguna de estas condiciones:- Jóvenes desde 18 a 29 años de edad, ambos inclusive.- Parados de larga duración,que llevan, al menos, un año inscritos como demandantes de empleo.- Mayores de 45 años de edad.- Minusválidos.b) Trabajadores que en la fecha de celebración del nuevo contrato, estuvieran empleados en la misma empresa mediante un contrato de duración determinada o temporal (incluido los contratos formativos).E1 contrato por tiempo indefinido debe concertarse mediante escrito según modelo oficial yserá por jornada completa.No podrá concertar este tipo de contrato indefinido la empresa que hubiera realizado un despido colectivo o que hubiera extinguido contratos por causas objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial, si la extinción se hubiera producido en los doce meses anteriores a la celebración del contrato.Para fomentar la contratación indefinida se establecen incentivos ybonificaciones para los empresarios en el abono de la cuota a la Seguridad Social, pero es preciso que los empresarios se hallen al corriente en el cumplimientos de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no hayan cometido infracciones graves o muy graves según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social de 7/Abril/1988,CONTRATACION TEMPORALAquí es precisodistinguir dos supuestos: la llamada contratación temporal CAUSAL y la contratación temporal POR RAZON DE LA FORMACIÓN O FORMATIVOS.En el primer supuesto se incluyen los siguientes contratos de duración determinada (artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, desarrollado por el Real Decreto 2720/1998, de 18 de Diciembre).1. Para la realización de una obra o de un servicio determinado.2. Cuando lascircunstancias del mercado, la acumulación de tareas o el exceso de pedidos así lo exijan, esto es, el llamado contrato eventual o por circunstancias de la producción.3. Cuando se trate de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, es decir, el llamado contrato de interinidad.4. Contrato temporal de fomento del empleo durante el año 1999. Se concierta con trabajadoresdiscapacitados o minusválidos.A partir de la Ley 63/1997, de 26 de Diciembre, de Medidas Urgentes para la mejora del mercado de trabajo y el fomento de la contratación indefinida, no se pueden celebrar contratos para el lanzamiento de nueva actividad, si bien los que se concertaron antes de su entrada en vigor, continuarán rigiéndose por la normativa vigente en la fecha en que se celebraron.En elcaso de contrato temporal para obra o servicio determinado, su duración será el tiempo exigido para la realización de dicha obra o servicio. Cuando llegue tal momento, el contrato se extingue previa denuncia de las partes. Por tanto, la duración de estos contratos es incierta. E1 preaviso para comunicar el fin de la obra o servicio, será de 15 días si el contrato excede de un año. Si no tiene lugar...
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