Teoria de la ejecucion
2. Ejecución forzosa. La e. que interesa en el plano jurídico es la e.forzosa. El atributo de forzosa es propio de toda jurisdicción: pero respecto a la e. el término expresa la obligatoriedad de la normativo. Es semejante a la obligación que compromete la voluntad del deudor a reconocer (espontáneamente) que consiente en superar su propia voluntad, o sea, admitir algo sin o incluso contra su voluntad, que deviene irrelevante a todos sus efectos. Ello implica que elcarácter forzoso de la e. no es distinto de la propia jurisdicidad de la norma, que se concreta y se expresa en el vínculo obligatorio.
En el plano positivo el concepto anteriormente expuesto encuentra su formulación legislativa en el art. 2.740 del CC italiano: «El deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes», y en el correspondiente art. 2.910: «El acreedor, paraconseguir aquello que le es debido, puede hacer expropiar los bienes del deudor...». Estas disposiciones concretan la responsabilidad patrimonial, de la que la doctrina ha esclarecido su carácter real en contraposición al carácter personal de la deuda. No es éste el lugar para tratar del importante descubrimiento de la ciencia jurídica que ha llevado a distinguir el debitum de la obligatio (Schuldund Hajtung): aquí basta con poner de relieve que la «realidad» de la obligación ha de contener ya en sí misma la e. forzosa; esto equivale a decir que la e. es un momento de la obligación y no puede ser disociada de ésta, como hacen aquellos que la consideran episódica, reduciéndola a un hecho ilícito (incumplimiento) y, por tanto, configurándola a la medida misma de la pena. Así concebido, elconcepto de sanción restitutoria es contradictorio en sus términos, porque no puede ser sanción el restituir y ser constreñido a restituir a aquel a quien se debe, a menos que se quiera adoptar el término sanción en un sentido del todo empírico y, por tanto, privado de valor jurídico.
Llegados a esta conclusión, la e. forzosa se convierte en un capítulo de la teoría de la obligación (v.). Haypor lo demás algunos problemas de la obligación que se revelan como propios de la e., y a los cuales conviene referirse brevemente.
3. Ejecución por expropiación y ejecución específica. Bajo el común denominador de e. la ley comprende tanto la e. directa para realizar el crédito como la dirigida a obtener la custodia o entrega de cosas muebles o inmuebles o a hacer aquello que se debíahacer y no se ha hecho o deshacer aquello que se ha hecho y no se debía hacer. La realización de los créditos tiene lugar a través de la expropiación del bien del deudor (venta del bien, o sea, transformación del bien no debido en el debido, es decir en dinero, y entrega al acreedor); en las otras hipótesis el Derecho es realizado directamente, o sea es el bien debido originariamente el que se...
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