TEORIA DEL LEVANTAMIENTO DEL VELO
MITOS Y REALIDADES DE LA LLAMADA
TEORÍA DEL LEVANTAMIENTO
DEL VELO CORPORATIVO
Julio Rodríguez Berrizbeitia *
SUMARIO
Introducción. 1.- Necesidad de mantener el concepto de personalidad jurídica.
2.- Factibilidaddeelaborarunabaseconceptualdelateoríadellevantamientodel
velosocietario.3.-Elrecursosalosgruposdecasos.4.-Algunasreflexionesfuturasamaneradeconclusión.5.-Bibliografía
*
Profesor de Derecho Mercantil en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello.
299
JULIO RODRÍGUEZ BERRIZBEITIA
MITOS Y REALIDADES DE LA LLAMADA TEORÍA
DEL LEVANTAMIENTO DEL VELO CORPORATIVO
INTRODUCCIÓN
¿Constituye la llamada teoría del levantamiento del velo corporativo
un mero expediente lingüístico? la respuesta parece no ser sencilla, no obstante, noscoloca ante la necesidad de dar respuesta a problemas que pese a ser
ignorados –en la consideración jurisprudencial del tema– constituyen elementos esenciales a la hora de mantener una teoría como la que nos ocupa.
Si en nuestro análisis partiéramos de la consideración de la personalidad
jurídica como algo real siempre tendríamos que responder a la cuestión
relativa a encontrar un criterio rectorque nos permita levantar el velo solamente en aquellos casos en los cuales pareciera o que no hay otras soluciones legales o que ante la falta de las mismas el mantenimiento del llamado
hermetismo de la personalidad podría provocar una situación injusta.
En tal sentido es totalmente pertinente el referirnos a la opinión de
Capilla citado por Carmen Boldó Roda: “Se acaba hablando de que lajustificación de este proceder excepcional se encuentra en la necesidad de
impedir resultados inicuos e injustos, con lo cual se dejaría en manos de
cada juzgador la decisión de levantar o no el velo en cada supuesto”.1
Al final del día el carácter excepcional de esta técnica jurisprudencial
pone sobre el tapete –si queremos esforzarnos en dar a nuestra sociedad
algún grado de seguridad jurídica– lanecesidad de acudir primero al repertorio legal existente. En este orden de ideas es clarificador el comentario de
Boldó Roda: “sobre la necesidad de evitar que una doctrina de desestimación, presentada como nueva, venga a descartar la utilización de las figuras
tradicionales de amparo de la aplicación correcta de las instituciones jurídicas según su concepto y fin”.2
1
2
Boldó Roda, Carmen:“Levantamiento del Velo y Persona Jurídica en el Derecho Privado
Español”, Aranzadi, 3era. Edición, Navarra, 2.000, Pág. 303
Boldó Roda, Ob. Cit. Págs. 306 y 307
301
MITOS Y REALIDADES DE LA LLAMADA TEORÍA DEL LEVANTAMIENTO DEL VELO CORPORATIVO
La discusión sobre este tema no está exenta de consideraciones sociales. Ya Serick advertía en su famosa obra: “Apariencia y Realidad en las
sociedadesMercantiles”que durante la época nacional socialista círculos
más extremados han señalado que “en vista de la evolución jurídica que
pone en lugar destacado el valor de la claridad y de la compenetración con
el pueblo, debe probarse sí la sutil separación entre la sociedad y los socios
todavía puede ser mantenida”.3 La “teoría” que con tanto entusiasmo ha
ido ganando terreno en nuestra jurisprudencia siguiendoejemplos como el
español, ha venido adoleciendo de algunos de los mismos males puestos ya
de relieve desde la traducción al español de la obra de Serick en el clásico
prólogo de la misma realizado por Antonio Polo. En tal sentido leemos:
“Censura Serick por excesivamente vagas e imprecisas las fórmulas tan
reiteradas en virtud de las cuales la jurisprudencia germana se ha atrevido a
“penetrar”hasta el último sustrato de la persona jurídica. Los conceptos de
buena fe, la conciencia popular dominante, la realidad de la vida, la fuerza
o el poder de los hechos , la naturaleza de las cosas o las exigencia o las
necesidades económicas, son conceptos que si bien han servido para resolver en equidad casos aislados, no pueden por su excesiva vaguedad, elevarse a la categoría de principios...
Regístrate para leer el documento completo.