teoria juridica del delito
LA TEORÍA JURÍDICA DEL DELITO
I. Significado de la teoría del delito.–
II. Fases del desarrollo de la moderna teoría del delito.–
III. Elementos de la teoría del delito.–
IV. Contenidos de la teoría del delito.–
1. Conducta.–
2. Tipicidad objetiva y subjetiva.–
3. Antijuridicidad y causas de justificación.–
4. Culpabilidad.–
5. Lesividad.–
6. Autoría y participación.– 7. Punibilidad.–
Anexo I. Conceptos básicos sobre la teoría del delito.–
Anexo II. Cuadro sinóptico de las categorías de la teoría del delito.–
La exposición que sigue constituye una mínima explicación de lo que será
objeto de estudio pormenorizado en la asignatura «Teoría general del delito».
No pueden tomarse estas páginas como una teoría del delito completa, sino
como una mera aproximación a dicha asignatura. Se aborda aquí una
exposición de los elementos esenciales (lección 4) y accidentales (lección 5), sus
modalidades (lección 6) y la doctrina de la concurrencia de delitos y normas
(lección 7).
I. Significado de la teoría del delito.–
El Derecho penal prohíbe y sanciona con penas aquellas conductas que hacen
peligrar gravemente la subsistencia de la sociedad. Si no se prohibiera y
sancionara el homicidio, si el robo o la violación fueran conductas indiferentes
para una sociedad, esta sociedad tendría los días contados; y por tanto también
sus miembros, los ciudadanos (lección 1). Tras la realización de tales conductas,
que llamamos «delitos», procede la imposición y cumplimiento de sanciones
(las penas). Previamente sin embargo es preciso declarar la responsabilidad de
quien los llevó a cabo, mediante la imputación de responsabilidad. Este es el
significado de la teoría jurídica del delito.
Mediante la imputación de responsabilidad se llega a afirmar de alguien i) que ha cometido un hecho; además, ii) que ese hecho es contrario al Ordenamiento
jurídico que rige en esa sociedad, y iii) que ese alguien es culpable de ese hecho.
Constatado lo anterior, el sujeto debe responder de sus actos, y en consecuencia –
ahora sí–, puede proceder la imposición de una pena. Esto explica que, a la hora
de definir quién responde, cómo y de qué, se hayan esforzado mucho los juristas a lo largo de la historia para que nadie sea sancionado por hechos que
no ha cometido, ni más de lo debido (a esto hace referencia la cuestión de los
límites del Derecho penal: lecciones 2 y 3, pero también, y sobre todo, la II
http://www.unav.es/penal/iuspoenale 63 La teoría del delito
4.ª
parte, que ahora hemos comenzado y la asignatura específicamente dedicada a
esta materia: Teoría general del delito).
II. Fases del desarrollo de la moderna teoría del delito.–
A lo largo de la historia, con unos nombres u otros, se ha hecho uso de diversas
reglas o criterios para atribuir responsabilidad, para decidir quién es responsable, a quién se le aplicará una pena, cuándo puede ésta rebajarse, es
decir, atenuarse. Hoy día llamamos teoría jurídica del delito a la ordenación de
esas reglas y criterios de imputación en un sistema; y es que dicha teoría agrupa
ordenadamente las categorías y conceptos sobre los que se basa la imputación
de responsabilidad.
Pero lo que hoy día se conoce como teoría jurídica del delito es relativamente
moderna: surge a finales del s. XIX, cuando los docentes del Derecho penal se
ven en la tesitura de explicar a sus alumnos de forma sistemática y ordenada el
contenido de la parte general (los preceptos del Libro I o equivalente) del
código penal. En concreto, surge en Alemania tras la promulgación del código ...
Regístrate para leer el documento completo.