TERMINO CONSTITUCIONAL

Páginas: 19 (4596 palabras) Publicado: 18 de noviembre de 2013


Introducción

Un Estado democrático es digno de tal nombre si su fuerza proviene del reconocimiento social. Su legitimidad dimana de una sociedad sabedora de las decisiones de su Gobierno y de la razón de ser de las mismas. En otras palabras: cualquier ciudadano tiene derecho a saber cómo funciona su Gobierno, el porqué de las acciones de sus funcionarios, que estos sean confiables, útilesy que el acceso a ellos pueda ser oportuno y veloz.
Pues bien: para eso fueron creados en primerísimo lugar nuestra Carta Magna el Código Federal de Procedimientos Penales, Código Procesal Penal, solo comento estos por ser lo que estamos estudiando siendo pieza clave en el procedimiento y proceso penal en nuestro país.
Algo novedoso en mi acervo cognitivo fue la “Notitia criminis”, siendo estael punto focal para el inicio de la denuncia o querella.
Iniciare con la Prohibición de Denunciar, ya sea por Lazos Afectivos como es Padre, Madre, Hijos, Cónyuges etc., Secreto Profesional la figura principal son: Médicos, Sacerdotes, Abogados, Psicólogos.
Continúo con la Denuncia Anónima se debe tener como noticia no calificada de delito, por lo general se hace siempre a la policía.Posteriormente menciono cuales son las autoridades receptivas en nuestro país: la Policía, el Ministerio Público, el Juez.
En cuanto a la Querella, su fundamento legal lo encontramos en el Código Federal de Procedimientos Penales. Artículo 119.- es un acto que puede ser ejercido por un particular o un fiscal ante un tribunal o un juez como una acción penal contra personas a las que acusa por un delito.Continuo con la necesidad de una etapa investigativa previa, aquí se define al proceso penal, es el correspondiente a la investigación del hecho y a la acumulación de registros probatorios.
Enseguida comento la Instrucción Formal siendo el procedimiento investigativo realizado bajo la dirección de un juez instructor, conocida también como "sumario de instrucción", "instrucción sumarial","etapa instructoría" o, simplemente, "instrucción".
En forma muy breve comento de sus fines y características de la etapa instructora y el inicio y desarrollo de instrucción.
Sustento este resumen con algunas Jurisprudencias, Códigos y Carta Magna, para mi mayor comprensión en cuanto a Denuncia y Querella hice una diferenciación de ambas.













Contenido




E) Prohibiciónde denunciar


PROCESO PENAL. PROHIBICIÓN DE DENUNCIAR. Art. 178 del CPPN

178 del CPPN, el cual reza textualmente: "Nadie podrá denunciar a su cónyuge, ascendiente, descendiente o hermano, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del denunciante o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el denunciado"."
Razones que motivan la norma son:


Unreconocimiento de la importancia de los lazos afectivos y de la unidad y solidaridad entre quienes mantienen relaciones familiares estrechas, cuya preservación se privilegia respecto de los intereses públicos de la persecución penal.

Jurisprudencia:

RUBRO: HOMICIDIO, MODIFICATIVAS EN EL DELITO DE. INCOMPATIBILIDAD DE LA AGRAVANTE EN RAZÓN DEL PARENTESCO, CUANDO EL HECHO SE VERIFICA BAJO LAMODALIDAD ATENUANTE DE RIÑA. TEXTO: Nuestra legislación punitiva establece modificativas que, atendiendo a circunstancias objetivas del hecho o subjetivas de los intervinientes, incrementan o atenúan el reproche penal; tal es el caso de las previstas por el artículo 242 fracción III (homicidio en agravio del cónyuge, concubino, concubinario, ascendiente, descendiente o hermano) y por el artículo 243fracción I (homicidio en riña). Si ambas circunstancias se actualizan en el mismo evento, para efectos del reproche penal y a la luz de los principios de proporcionalidad y suficiencia de la pena, debe considerarse que el nexo que del parentesco emerge y que normalmente genera lazos de afecto, respeto, consideración, solidaridad y ayuda mutua, se desvanece en el momento en que los protagonistas...
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