TERMINOLOGIA NORMAS 1 Y 2
CAMPO ALTO
TERMINOLOGIA NORMAS
1
2
A
ACCIDENTE DE TRABAJO:
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que
produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
ACUERDO
: Decisión tomada en común por dos o más personas, por una junta
,
asamblea o
tribunal
. También se
denomina así a un pacto, tratado o resolución de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas. Es, por lo
tanto, la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos. El principal
efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y
derechos. Es válido cualquiera que sea la forma de su celebración, oral o escrita, siempre que el consentimiento de los
otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del comercio o sea imposible.
AFILIACION: Es el acto mediante el cual los trabajadores quedan afiliados a una entidad que administra Pensiones,
Salud o Riesgos Profesionales y a través de la cual los patronos aportan un porcentaje de dinero para garantizar en el
futuro una pensión y la salud de sus trabajadores.
AFILIADO:
Es el estatus que adquiere un trabajador al vincularse a una AFP, EPS o ARP.
AFP
: Administradora de Fondo de Pensiones.
ALA
: Autoliquidación de Aportes de Cotización. Los empleados o trabajadores independientes, por si mismos, liquidan
los aportes suyos o de sus trabajadores a los sistemas mediante el diligenciamiento de los formularios establecidos para
este efecto.
ALTO COSTO: Son los tratamientos y servicios de salud que reciben las personas que padecen enfermedades ruinosas
o catastróficas, como sida y sus complicaciones, diálisis por insuficiencia renal y trasplantes de riñón, corazón, médula
ósea o córnea.
APORTE
: Es el porcentaje que se le descuenta a los trabajadores y a los empleadores para cubrir el pago de las
pensiones de vejez y los gastos de salud.
ARP
: Administradora de Riesgos Profesionales.
ARS
: Se constituye como el módulo administrativo ejecutor del Régimen Subsidiado en Salud para el orden nacional,
departamental, distrital y municipal. Su función primordial es la de asegurar a la población beneficiaria carne tizada y
organizar la prestación de los servicios del P0SS. Pueden se ARS: Las Empresas Solidarias de Salud, las EPS 5 las
Cajas de Compensación Familiar.
ASEGURADO: Es la persona cuyo patrimonio puede resultar afectado, directa o indirectamente en la realización de
actividades que impliquen un riesgo. Para los seguros de personas, es la persona sobre cuya vida se celebra el seguro.
ATEP
: Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional. Los empleadores escogerán libremente la entidad para afiliar a
sus trabajadores para la protección de accidentes de trabajo.
ASEGURAMIENTOEN SALUD:
Es la administración del riesgo financiero, la gestión del riesgo en salud, la articulación
de los servicios que garantice el acceso efectivo, la garantía de la calidad en la prestación de los servicios de salud y la
representación del afiliado ante el prestador y los demás actores sin perjuicio de la autonomía del usuario.
ASOCIACIONES DE USUARIOS: Es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado, del Sistema
General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema
de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.
ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS:
Todas aquellas acciones realizadas a una persona con patología de urgencia ...
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