terminos juridicos
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II.- Por cuanto a la doble tributación ha sido aceptada como legal por dicho tribunal,
al expresar que el «a.» 31, «fr.» IV constitucional nola prohíbe y que si bien la
política fiscal moderna trata de evitarla ello no es motivo para considerarla ilegal, ya
que en algunos casos puede ser deseable y necesaria, acondición de no ser
exhorbitante y ruinosa.
En cuanto a los derechos, su costo debe guardar una discreta -no directa- relación
de proporcionalidad con el costo del servicio, al incluirseuna parte proporcional del
costo de la infraestructura necesaria para prestar el servicio administrativo. Esta
garantía no es extensiva a contribuciones parafiscales, de acuerdoa lo que previene
el «a.» 123, apartado ''A'', «fr.» XXIX constitucional.
Por último y en relación con el tema, resta decir que la jurisprudencia de «SCJ»
consagró a laproporcionalidad y a la equidad como garantías individuales, no
obstante que no se encuentra disposición relativa en el c. correspondiente de la
Carta Magna. Sus antecedentes se remontanhasta la Declaración de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano de la Revolución Francesa, donde se proclamó que los
impuestos debían ser justos, lo que significa adecuados a lacapacidad económica del
contribuyente.
PRORROGA: Aplazamiento de la realización de una diligencia o de un acto por una
razón determinada.
PROTOCOLO: Libro o conjunto de libros enque un Notario asienta las escrituras
públicas.
PROVEIDO: Resolución judicial de trámite o interlocutoria, es decir, que se emite
antes de la resolución definitiva.
PRUEBA: Todoaquello que sirve para establecer la veracidad de una declaración o
la existencia de un hecho.
PUJAR: Acción de los postores mediante la cual aumentan el precio de su postura.
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