terrorismo
CAPÍTULO III
TERRORISMO
ARTÍCULO 263.- Al que por cualquier medio violento realice actos en contra de laspersonas, las cosas o servicios al público, que produzcan alarma, temor o terror en la
población o en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública o menoscabar la
autoridad del Estado, laintegridad de su territorio o el orden constitucional, o presionar
a la autoridad para que tome una determinación, se le impondrá de cinco a veinticinco
años de prisión, de cien a quinientos díasmulta y suspensión de derechos políticos
hasta por diez años.
CAPÍTULO V
USURA
ARTÍCULO 328. Se impondrá prisión de tres a ocho años y de cien a quinientos díasmulta, a quien,
aprovechándose de lanecesidad económica apremiante o de la ignorancia o de la
inexperiencia de
una persona, obtenga para sí o para otro, en virtud de un convenio formal o informal, un
lucro
excesivo en dinero o enespecie, por concepto de intereses u otras ventajas pecuniarias.
Se considera lucro excesivo la obtención de ganancias superiores a la tasa de interés
bancaria más
alta vigente el día en que secelebre la operación.
Si el sujeto activo reparare el daño, las sanciones a que se refiere el primer párrafo de
este artículo
serán hasta de una mitad del mínimo y máximo que correspondiere imponer.CAPÍTULO V
SUMINISTRO DE MEDICINAS NOCIVAS O INAPROPIADAS
Artículo 328. Al médico o enfermera que suministre un medicamento evidentemente inapropiado
en perjuicio de la salud del paciente, se leimpondrán de seis meses a tres años de prisión, de
cincuenta a trescientos días multa y suspensión para ejercer la profesión u oficio por un lapso
igual al de la pena de prisión impuesta.
Artículo 329. Alos encargados, empleados o dependientes de una farmacia, que al surtir una
receta sustituyan la medicina específicamente señalada por otra que ponga en peligro la salud o
cause daño, o sea...
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