tesis de contabilidad
LOS PAGOS POR ESTE CONCEPTO DEBEN CUMPLIR CON REQUISITOS INDISPENSABLES PARA NO SER OBJETO DE INTEGRACIÓN POR PARTE DEL SEGURO SOCIAL
Ante la falta de la definición de este concepto, es importante aclarar su distinción con la Relación de Trabajo para evitar que el Instituto Mexicano del Seguro Social obligue a su afiliación y pago de cuotas.
Una de lasfacultades del Instituto Mexicano del Seguro Social, es la inscripción de trabajadores asalariados aún sin previa gestión de los interesados y a los trabajadores independientes a su solicitud, sin que ello libere a los obligados de las responsabilidades y sanciones por infracciones en que hubiesen incurrido.
Por otra parte el artículo 12 de la Ley del Seguro Social establece la obligación delos sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio, entre los que se encuentran los que tengan un vínculo laboral (Personas que presten en forma permanente o eventual a otra, un servicio remunerado, personal y subordinado) de conformidad con el artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo.
La Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conjuntamente con los más altos tribunales denuestro país, sostiene que el elemento esencial de toda Relación de Trabajo y que distingue al contrato laboral de otros, como los comerciales, profesionales, comisionistas, distribuidores, etc., lo es precisamente la subordinación, (Que exista por parte del patrón un poder jurídico de mando, deber de obediencia, ordenes e instrucciones, obligado a desempeñar el servicio bajo la dirección delpatrón.)
Conforme a lo anterior, no existe obligación de afiliación para los honorarios asimilados a salarios.
QUE SE CONSIDERA HONORARIOS ASIMILADOS?
Aunque no existe una definición, se considera los pagos efectuados a personas físicas que se comprenden en el artículo 110 de la ley del Impuesto sobre la Renta, misma que los clasifica en obligatorios y optativos de la siguientemanera:
INGRESOS POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS
OBLIGATORIOS PARA QUIEN LOS PERCIBE
Fracc
Personas Físicas
Art. 110 L.I.S.R.
Obtención de ingresos por:
Requiere escrito:
I. Los funcionarios y trabajadores de la Federación, Entidades Federativas y Municipios
Los miembros de las fuerzas armadas. Las remuneraciones, gastos no sujetos a comprobación y demás prestacionesobtenidas. No, ya que es obligatorio considerarlos.
II. Los miembros de las Sociedades Cooperativas de Producción.
Los miembros de Sociedades y Asociaciones Civiles. Los rendimientos o anticipos de los mismos.
Los anticipos de rendimientos No, ya que es obligatorio considerarlos.
III. Miembros de consejo directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así comoadministradores, comisarios y gerentes generales. Honorarios No, ya que es obligatorio considerarlos.
IV. Personas físicas que presten un servicio preponderantemente a un prestatario, siempre que se presten en las instalaciones de este último. Se considera que se presta un servicio preponderantemente a un prestatario cuando los ingresos obtenidos por éste último representan más del 50% de sus ingresostotales. Honorarios Si, cuando se tenga dependencia económica.
INGRESOS POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS
OPTATIVOS PARA QUIEN LOS PERCIBE
Fracc
Personas Físicas
Art. 110 L.I.S.R.
Obtención de ingresos por:
Requiere escrito:
V. Personas físicas que presten servicios independientes a personas morales o físicas con actividades empresariales Honorarios Si, siempreque se solicite al prestatario.
VI. Personas físicas que perciban ingresos de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales, por las actividades empresariales que realicen. Ingresos por actividades empresariales, ejemplo Comisiones, Fletes, Mantenimiento, Compra venta, Maquila, Arrendamiento de bienes muebles, etc.. Si, siempre que se solicite al prestatario....
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