Testamento publico simplificado
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Que el precio del inmueble o su valor de avalúo no exceda del equivalente aveinticinco veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al año, al momento de la adquisición, y que a la fecha importa la suma de $444,113.75 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO TRECE PESOS 75/100 M.N.), limitante ésta, que en el mayor de los casos haría nugatoria la institución del legado, dado los altos valores de mercado de los inmuebles. En los casos deregularización de inmuebles que lleven a cabo las dependencias y entidades, no importará su monto.
El testador instituirá uno o más legatarios con derecho de acrecer, salvo designación de sustitutos. Para el caso de que cuando se llevare a cabo la protocolización notarial de la adquisición a favor de los legatarios, éstos fueren incapaces y no estuvieren sujetos a patria potestad o tutela, el testadortambién podrá designarles un representante especial que firme el instrumento notarial correspondiente por cuenta de los incapaces.
Si hubiere pluralidad de adquirentes del inmueble, cada copropietario podrá instituir uno o más legatarios respecto de su porción. Cuando el testador estuviere casado bajo el régimen de sociedad conyugal, su cónyuge podrá instituir uno o más legatarios en el mismoinstrumento, por la porción que le corresponda. Los legatarios recibirán el legado con la obligación de dar alimentos a los acreedores alimentarios, si los hubiere, en la proporción que el valor del legado represente en la totalidad del acervo hereditario de los bienes del autor de la sucesión.
Fallecido el autor de la sucesión, la titulación notarial de la adquisición por los legatarios, se haráen los términos del Artículo 876-Bis del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y, en su caso, los legatarios podrán reclamar directamente la entrega del inmueble.
Este testamento se otorga por el adquiriente mediante una cláusula de institución de Legado sobre el inmueble adquirido.
El artículo 1500 dispone la siguiente clasificación de los testamentos ordinarios:
a)Público Abierto,
b) Público Cerrado,
c) Público Simplificado, y
d) Ológrafo.
Sin embargo, es claro que el denominado Testamento Público Simplificado, de manera alguna cubre a plenitud los extremos de la figura jurídica del Testamento; en consecuencia, propiamente se trata de un cuasi testamento, por las siguientes consideraciones:
1.- No es un acto personalísimo, porque no prohíbe alotorgante desempeñarse por procurador o apoderado especial.
2.- No es un acto jurídico estrictamente individual en el que sólo se haga constar la declaración de voluntad de un testador, ya que cuando el inmueble pertenece a una sociedad económica – matrimonial o a copropietarios, es dable consignar en el mismo instrumento la declaración de voluntad de dos o más personas; en cambio, en elotorgamiento de un Testamento propiamente dicho, no pueden testar en el mismo acto dos o más personas, ya en provecho recíproco, ya a favor de un tercero.
3.- El llamado Testamento Público Simplificado no faculta al otorgante para instituir herederos, sino únicamente legatarios, sujetando los legados a tres taxativas: a) Sólo se puede disponer de un inmueble, b) Que el inmueble esté destinado o que se...
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