Testamento Yapur Dumt

Páginas: 16 (3892 palabras) Publicado: 20 de junio de 2015
 Lcdo. Rafael Carvajal Martinez,
Sentencia nº 7 de Corte Suprema de Justicia - Pleno, del 4 de Julio de 1986.Dios, Patria y Libertad

República Dominicana
En Nombre de la República, la Suprema Corte de Justicia, regularmente constituida por los Jueces Fernando Ravelo de la Fuente, Primer Sustituto en funciones de Presidente; Luis Victor García de Peña, Segundo Sustituto de Presidente; LeonteRafael Alburquerque Castillo, Hugo H. Goicochea S., Máximo Puello Renville, Abelardo Herrera Piña, Gustavo Gómez Ceara y José Jacinto Lora Castro, asistido del Secretario General, en la Sala donde celebra sus audiencias, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, hoy día 4 de julio de 1986, año 143° de la Independencia y 123° de la Restauración, dicta en audiencia pública, como Cortede Casación, la siguiente sentencia;
Sobre el recurso de casación interpuesto por Mansur Dumit, libanés, mayor de edad, comerciante, domiciliado y residente en la casa N°40 de la calle Mella, le la ciudad de Santiago de los Caballeros, cédula N°29895, serie 31;Harina El Bacha Dumit, libanesa, de quehaceres domésticos, domiciliada y residente en 34 Street Granville, 2142, Sidney, Australia,pasaporte N°32442; Salma El Bacha Dumit, libanesa, de quehaceres domésticos, domiciliada y residente en El Dora Edificio Edmond El Hachem, Beirut, República de El Líbano, cédula de registro N°163-9; Bautros El-Bacha Dumit libanés, comerciante, domiciliado y residente en el mismo país y dirección anteriores, cédula y registro N°324-25; Makle El-Bacha Dumit, libanés, comerciante, domiciliado y residenteen el mismo país y dirección predicha; Rida Saad Dumit, libanesa, de que hacerse domésticos, domiciliada y residente en la República de El Líbano, Beirut, Zouuk Makael, Edificio Phileppe Merhej, cédula y registro N°19-14332, contra la sentencia dictada el 4 de agosto de 1982, por la Corte de Apelación de Santiago, en sus atribuciones civiles, cuyo dispositivo se copia más adelante;
Oído al Alguacilde turno en la lectura del rol;
Oído a la Dra. Margarita Tavarez, en representación de los Lcdos. Francisco Augusta Lora, cédula N°4242, serie 31, Y Luis R. Mercado, cédula N°2119, serie 31, y del Dr. Froilán J. R. Tavarez, cédula N°45081, serie 1ra., abogados de los recurrentes, en la lectura de sus conclusiones;
Oído el dictamen del Magistrado Procurador General de la República;
Visto elmemorial de casación de los recurrentes, suscrito por sus abogados el 7 de octubre de 1982, en el cual se proponen contra la sentencia impugnada los medios siguientes; Primer Medio: Violación de los artículos 815, 906, 910 y 970 del Código Civil. Falsa aplicación de la Ley 520 de 1920 y del decreto N°3558 del 15 de agosto de 1978. Violación del principio de la separación de los poderes; Segundo Medio:Violación de los artículos 2045, 2051 y 2056 del Código Civil; Tercer Media: Falta o insuficiencia de motivos. Desnaturalización de los hechos, circunstancias y documentos de la causa. Falta de base legal. Violación al Derecho de Defensa;
Visto el memorial de ampliación de los recurrentes, suscrito por sus abogados el 8 de marzo de 1984;
Visto el memorial de defensa de la recurrida Bienvenida FadulVda. Dumit, dominicana, mayor de edad; comerciante, domiciliada y residente en la Sección de Canabacoa, Municipio y provincia de Santiago, cédula N°11409, serie 31, suscrito por su abogado Lic. José Santiago Reinoso Lora, cédula N°62455, serie 31:
Visto el memorial de defensa de los recurridos Wadi Dumit, libanés, mayor de edad, casado, empleado de comercio, domiciliado y residente en la ciudadde Santiago de los Caballeros, cédula N°47753, serie 31; Michel Dumit, libanés, mayor de edad, casado, empleado de comercio, domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, cédula N°73831, serie 31; y Yamil Dumit, libanés, mayor de edad, casado, empleado de comercio, domiciliado y residente en esta ciudad, cédula N°41601, serie 31, suscrito por sus abogados Dres. Juan Manuel...
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