testamento
Objetivo : 1
La suspensión de la relación de trabajo
Art. 71. Definición:
“La suspensión de la relación de trabajo, no se pone fin a la vinculación jurídica laboral existente entre el patrono o la patrona y el trabajador y la trabajadora”.
Este artículo define claramente la suspensión y aclara puntualmente que esta no termina la relación de trabajo desde el punto de vista jurídico.Supuestos de la suspensión
Art. 72.
“La suspensión de la relación de trabajo procede en los siguientes casos:
a) La enfermedad ocupacional o accidente de trabajo que incapacite al trabajador o la trabajadora para la prestación del servicio durante un periodo que no exceda los doce días.
En este articulo, en los diferentes numerales (desde hasta i) el legislador contempla los casos por loscuales el trabajador puede ser suspendido de su actividad laboral y aclara que en todos los casos se debe solicitar la autorización antes la inspectoria del trabajo y especialmente en el numera ( i ) dentro de la cuarenta y ocho horas siguientes a la ocurrencia de los hechos y que en este caso no pueda exceder le suspensión temporal en setenta días, mientras que los numerales a ,b aclara quela suspensión temporal no puede excederse por más de 12 meses; así como también los numerales c, d, e, la suspensión laboral contempla el tiempo en que el caso sea necesario; pero no así el (f) donde el legislador aclara que la suspensión laboral del trabajador que sea sujeto de un proceso penal se mantendrá siempre y cuando no resulte en sentencia condenatoria.
Pero, los numerales g y hcontempla que la suspensión se convierte en licencias concedías por convenio entre las partes por caso de necesidad y por el tiempo necesario.
Efectos de la suspensión y la relación de trabajo
Art. 73.
En este articulo se aclara que durante la suspensión el trabajador y la trabajadora no está obligado a prestar el servicio ni el patrono o patrona al pagar el salario, salvo en los casos que contemplalos numerales a y b del art.72, que se cancelara la diferencia de salario y lo que se pague el seguro social.
En cuanto al tiempo de la suspensión se computara para su antigüedad y el patrono debe seguir cumpliendo con los contemplado en los numerales a,b,c,d,e.
Protección durante la suspensión
Art. 74.
en este articulo se manifiesta claramente que protege al trabajador en el caso desuspensión laboral y define claramente que el trabajador no puede ser despedido, trasladado, ni desmejorado en sus condiciones de trabajo y al finalizas la suspensión debe ser reintegrado a su puesto de trabajo.
Reincorporación al trabajo
Art. 75.
Ratifica que la trabajadora o el trabajador al finalizar la suspensión se reintegra sus labores en las mismas condiciones previendo algunasexcepciones en los numerales a y b de este articulo.
Obj 2.
Terminancion de la relación de trabajo
Causas de terminación de la relación de trabajo
Art. 76.
Tipifica que la relación de trabajo puede terminar por despido, retiro, voluntad común de las partes o causa ajena a la voluntad de ambas.
Art. 77.
Se define como despido la manifestación de voluntad unilateral del patrono o de la patronade poner fin a la relación de trabajo que lo vincula a uno o más trabajadores o trabajadoras. Y puede ser: Justificado, no justificado, y aclara que los despidos contrarios a esta Ley son nulos.
Art.78.
Definición de retiro.
Se define como retiro la libertad del trabajador o trabajadora de poner fin a la relación de trabajo, siempre y cuando la misma por coacción.
causas justificadas dedespido
Art. 79.
a) Falta de probidad o conducta inmoral.
b) Vías de hecho, salvo en legítima defensa.
c) Injuria o falta grave al respeto y consideración debidos al patrono o a la patrona, a sus representantes o a los miembros de su familia que vivan con él o ella.
f) Inasistencia injustificada al trabajo durante tres días hábiles en el período de un mes,
g) ...
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