PROCESO DE SELECCIÓN, EJECUCION Y SUPERVISION DE LAS PRACTICAS PREPROFESIONALES EN EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO DIRECTIVA GENERAL Nº 006-2004-MTPE/SG/OGA Formulada por: OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Fecha: Junio 2004 I. OBJETIVO Integrar en forma ordenada las actividades de las prácticas pre-profesionales, facilitando su operatividad en las Unidades u Oficinas de la sedecentral del MTPE. Adecuar el proceso de selección, acreditación, ejecución y supervisión del Programa de Prácticas Pre-Profesionales en el MTPE a lo establecido en las disposiciones legales vigentes. II. FINALIDAD Definir y regular los procedimientos técnico-administrativos que permitan dinamizar las actividades de las prácticas pre-profesionales en el MTPE. Coadyuvar al desarrollo de las prácticaspre-profesionales, brindándole al estudiante universitario, la orientación, capacitación técnica y profesional en las Unidades Operativas del Ministerio. III. BASE LEGAL - Ley Nº27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. - Resolución Ministerial Nº173-2002-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo Y Promoción del Empleo y sus modificatorias. - Ley Nº28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004. - Resolución Directoral 050-2003-EF/76.00, Clasificador del Gasto Público y Maestro del Clasificador de Ingreso y Financiamiento. - Directiva General Nº004-2004-MTPE, Normas de Austeridad para el Ejercicio Fiscal 2004 IV. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación inmediata para los Organos del Pliego Presupuestal 012:Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. V. NORMAS 5.1. Prácticas 5.1. Se define como prácticas a las acciones de capacitación, entrenamiento y actualización para el trabajo, de los estudiantes del penúltimo y último año de estudios Universitarios en las dependencias del MTPE. 5.2. Las prácticas contribuirán al cumplimiento de las actividades de las dependencias del Ministerio con apoyo deestudiantes Universitarios. 5.2. Requerimientos de Practicantes Las dependencias proporcionarán a la Oficina de Administración el cuadro de requerimientos de practicantes y la disponibilidad presupuestal respectiva de la dependencia a su cargo, en base al cual se hará la programación correspondiente. 5.3. Duración, jornada y horario de prácticas Las prácticas se realizarán durante un periodo máximo de seis(06) meses, pudiendo ampliarse hasta por seis (06) meses adicionales, basados y sustentados en la necesidad institucional y, de acuerdo al desempeño del practicante en el transcurso del primer periodo. La jornada de prácticas se cumple de lunes a viernes, en el horario de 08:15 a 16:30
horas, siendo el refrigerio de 12:30 a 13:30 horas, pudiendo excepcionalmente modificarse el horario apedido del área usuaria. 5.4. Del Registro y Control de Asistencia del Practicante 5.4.1. Los postulantes a las prácticas pre-profesionales deberán presentar a través de la Oficina de Trámite Documentario los documentos que a continuación se detallan: - Carta de presentación de la Entidad Educativa, dirigida al Director General de Administración, en la cual se acredite su condición de estudiante,especificando el ciclo de estudios que cursa, profesión, área de actividades y promedio ponderado. - Fotocopia del DNI y Carnet Universitario. - Dos (02) fotografías tamaño carnet 5.4.2. La Oficina de Personal previa aprobación y selección de la dependencia solicitante, designará a quienes realizarán las prácticas pre-profesionales según el requerimiento formulado. 5.4.3. Para efectos de la seleccióndel practicante, se dará preferencia en la evaluación curricular a los estudiantes que ocupen el tercio superior en su promoción. 5.4.4. Al término de la práctica, el funcionario de la dependencia a la que se le asigna el practicante, evaluará el desempeño laboral y comportamiento de éste, de acuerdo al formato de evaluación de prácticas (Anexo Nº1) adjuntos a la presente Directiva, debiendo...
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