Timbres fiscales
Estas planillas son utilizadas por todas las personas y los Agentes de retención o percepción, que realicen cualquier Acto administrativo o jurídicopúblico o privado tipificado en la ley de timbre fiscal del Estado Monagas.
La Dirección de hacienda tiene como funciones Administrar, planificar y dirigir todo lorelacionado a los programas y sistemas de información, relacionados con los tributos estadales.
Ejercer sobre sus órganos dependientes, las potestades de supervisión, fiscalización ycontrol de sus actividades.
Las demás establecidas en el ordenamiento jurídico y las que les delegue la Secretaria de Hacienda, Administración y Finanzas.
Se encarga de Distribuir lostimbres fiscales como lo son las Estampillas y papel sellado, Estos son Timbres móviles y fijos de distinto valor facial, cuyo importe, color, diseño y medidas serán determinados porla Administración Tributaria del Estado Monagas
Según Art (9) de la Ley de Timbres fiscales del Estado Monagas Establece:
Cuando el Tributo a ser liquidado por el contribuyente,exceda de setenta unidades tributarias (70 U.T), podrán utilizarse, en situación de los Timbres móviles, planillas sustitutivas destinadas a la recaudación del impuesto. Igualmentepodrán utilizarse las planillas a que hace referencia el presente Artículo cuando por razones debidamente justificadas sea imposible la utilización de los timbres móviles.
Regístrate para leer el documento completo.