TIPO PENAL AUTONOMO
tipos autónomos
: además de los elementos del tipo básico, contienen otros que pueden ser modificatorios nuevos de aquel, excluyendo de esta manera su aplicación.por ejp o c.p art. 123; aborto sin consentimientoel que causare el aborto sin consentimiento de la mujer a parte de lo básico tiene una modalidad nueva
AUTONOMOS Y DEPENDIENTES.
Parecería quedeben distinguirse los tipos calificados y los privilegiados de aquellos denominados autónomos o independientes (delictum sui generis), que contendrían todos los elementos de otro delito pero que noserían casos agravados ni atenuados, sino delitos autónomos con su propio tipo de injusto. Un claro ejemplo lo constituiría el robo respecto al hurto y a las coacciones (violencia en las personas) o aldaño (fuerza en las cosas), pues mediante la combinación del primero con elementos de los segundos se crearía un tipo de injusto autónomo, que no permitiría remitir a un tipo básico. Si lamodificación al supuesto no le otorga autonomía se estaría ante un tipo dependiente o subordinado.
Analizada en profundidad la referida autonomía típica, se concluye que la misma siempre debe volver sobre suspasos en el caso particular y abrevar así en una estructura básica que le da vida. El robo no logra absoluta autonomía respecto del hurto, pues al subsumir en esa figura un hecho real, cualquiercircunstancia que elimine la fuerza en las cosas o la violencia en las personas nos remitirá al art. 162 del C.P. Lo mismo sucede con el parricidio o con el derogado infanticidio. Afirma Roxin que “lacalificación de delito autónomo no tiene valor dogmático propio”[31], por lo que debe descartarse y mantenerse sólo aquella que sistematiza los tipos en agravados o privilegiados a partir de una figura...
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