Tipos De Contratos
El artículo 1792 del Código Civil del Distrito Federal dice que convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones y el artículo 1793 que “los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos” toman el nombre de contrato. Para que éste exista es necesario el consentimiento y el objetoque pueda ser materia del contrato (art. 1794).
Puede ser invalidado el contrato por incapacidad legal de una parte o de ambas; por vicios del consentimiento; porque su fin, objeto o motivo sea ilícito y/o porque el consentimiento no se haya manifestado conforme a la ley (art. 1795).
Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una formaestablecida por la ley.
DIVERSAS ESPECIES DE CONTRATOS
LA PROMESA
- Puede asumirse contractualmente la obligación de celebrar un contrato futuro.
- El contrato preliminar de otro puede ser unilateral o bilateral.
- La promesa de contrato solo da origen a obligaciones de hacer, consistentes en celebrar el contrato respectivo de acuerdo con lo ofrecido.
- Debe constar por escrito,contener los elementos característicos del contrato definitivo y limitarse a cierto tiempo.
- Si el prominente rehúsa firmar los documentos necesarios para dar forma legal al contrato, los firmará el juez, salvo que la cosa ofrecida haya pasado por título oneroso a la propiedad de tercero de buena fe, entonces la promesa quedará sin efecto, siendo responsable el que la hizo de todos los daños yperjuicios que se hayan originado a la otra parte.
COMPRA-VENTA
- Habrá compra-venta cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro se obliga a por ellos un precio cierto en dinero.
- Es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundosatisfecho.
- El comprador debe pagar en los términos y plazos convenidos, la demora lo obligará a pagar réditos.
- Ninguno puede vender sino lo que es de su propiedad.
- La venta de cosa ajena es nula, si el vendedor procede con dolo o mala fe, será responsable de daños y perjuicios.
- El contrato quedará revalidado, si antes que tenga lugar la evicción, adquiere el vendedor, porcualquier título legítimo, la propiedad de la cosa vendida.
- La venta de cosa o derechos litigiosos no está prohibida, pero el vendedor debe declararlo para evitar la responsabilidad de daños y prejuicios posteriores.
- Los extranjeros y las personas morales no pueden comprar bienes raíces, sino sujetándose a lo dispuesto en el artículo 27 constitucional y en sus leyes reglamentarias.
-Los magistrados, jueces, el MP, los defensores oficiales, abogados, procuradores y peritos, no pueden comprar los bienes que son objeto de los juicios en que intervengan. Tampoco podrán ser cesionarios de los derechos que se tengan sobre los mismos. A excepción de la venta o cesión de acciones hereditarias cuando sean coherederas las personas mencionadas, o de derechos a que estén afectos bienes desu propiedad.
- Los propietarios de cosa indivisa no pueden vender su parte respectiva a extraños, sino cumpliendo con lo referente al derecho de tanto.
- No pueden comprar los bienes de cuya venta o administración se hallen encargados: los tutores y curadores; los mandatarios; los ejecutores testamentarios y los que fueren nombrados en caso de intestado; los interventores nombrados por eltestador o por los herederos; los representantes, administradores e interventores en caso de ausencia y los empleados públicos.
- Los peritos y los corredores no pueden comprar los bienes en cuya venta intervinieron.
- El vendedor está obligado a entregar al comprador la cosa vendida, a garantizar las calidades de la cosa y a prestar la evicción.
- La entrega es real cuando se hace...
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