Tipos de declaraciones
Los pagos provisionales o definitivos que deberán realizarse por esta vía, son:
• Los que contengan impuesto a pagar
• Los que tengan saldo a favor
• Los que resulten en ceros, derivado de la aplicación de compensaciones, de estímulos fiscales, de crédito al salario o del subsidio al empleo.
Declaracionesvía Internet a través del portal del SAT
Las declaraciones provisionales o definitivas que deben presentarse en el portal del SAT son las siguientes:
• Las que resulten sin impuesto a pagar ni saldo a favor, por la obligación de que se trate, y no derive de compensaciones, estímulos fiscales, crédito al salario o del subsidio al empleo.
• En el caso de declaraciones presentadas con cantidad apagar, que posteriormente se tengan que corregir con una declaración complementaria, sin impuesto a cargo o saldo a favor por la misma obligación, ésta deberá manifestar en ella el pago efectivamente realizado con anterioridad.
• Aquéllas que tengan por objeto corregir errores relativos al RFC, nombre, denominación o razón social, periodo de pago y concepto de pago --complementaria de correcciónde datos-- (si en la declaración existe un error tanto en cantidades como en datos, primero se deberá hacer una declaración complementaria para corregir los datos, y posteriormente se presentará otra complementaria para corregir las cantidades).
Tipos de declaraciones
Las declaraciones pueden ser::
• Normales. Los que se presentan por primera vez en el periodo.
• Complementarias. Son lasdeclaraciones que se presentan para corregir algún error u omisión en la declaración normal.
• Extemporáneas. Las que se presentan fuera del plazo establecido en las disposiciones fiscales.
• De corrección fiscal. Es la que se presenta después de iniciadas las facultades de comprobación, ya sea en visitas domiciliarias o en revisiones de gabinete o de escritorio.
Declaraciones y pagos
1.¿Qué es una declaración con pago?
Es el resultado de la información capturada en el formato electrónico por medio del cual el contribuyente pagará o enterará los impuestos a su cargo, además de cumplir con sus diferentes obligaciones fiscales.
2. ¿Qué contribuyentes podrán cambiar el medio de pago en un mismo ejercicio?
Sólo los contribuyentes personas físicas que NO estén obligados arealizar el pago vía Internet a través de portal bancario, pueden variar el medio a ventanilla bancaria.
3. Tratándose de declaraciones con pago, ¿se van a manejar dos sistemas uno para persona físicas y otro para personas morales?
No, será un sólo formato electrónico y dinámico que aplicará tanto para personas físicas como para personas morales, mostrando únicamente la información quecorresponda a cada uno, es decir, personalizada.
4. ¿A través de carga bach ¿se podrá exportar la información correspondiente a la declaración de pago que se encuentra en la página de Internet del SAT?
No
5. ¿En el régimen intermedio me va a dar el cálculo que debo efectuar a la Tesorería de la Entidad Federativa?
Sí, sólo efectúa el cálculo, por lo que respecta al pago lo tendráque ver directamente en las oficinas de la Entidad Federativa.
6. ¿Cuándo podré ver la aplicación para el llenado de la declaración?
El simulador para personas físicas y morales ya se encuentra en la página de Internet del SAT.
7. ¿A partir de qué fecha deberán presentarse las declaraciones de pagos mensuales y/o definitivos vía Internet?
Las declaraciones y pagos de los meses denoviembre y diciembre se podrán hacer utilizando el esquema de la Solución Integral o el esquema actualmente vigente con la banca. Las declaraciones que se presenten a partir del 1° de febrero de 2007, se presentarán únicamente a través de la Solución Integral.
Fundamento legal: Regla 2.16.4. y Cuarto Resolutivo de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2006...
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