Tipos de gravamenes
Tras la modificación de tipos de gravamen efectuada por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en la normativa reguladora delImpuesto sobre Sociedades (IS) el tipo general aplicable para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2008 será el 30%.
6.2 Tipos de gravámenes especiales
a) Tipo del35%. Las entidades dedicadas a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos tributarán al tipo de gravamen especial del 35% para losperiodos impositivos que se inicien a partir de 2008.
b) Tipo del 25%. Resulta aplicable a:
Las mutuas de seguros generales, las entidades de previsión social y las mutuas de accidentes de trabajo yenfermedades profesionales de la Seguridad Social que cumplan los requisitos exigidos por la normativa reguladora de la materia.
Las sociedades de garantía recíproca y sociedades de reafianzamientoinscritas en el Registro Especial del Banco de España.
Las sociedades cooperativas de crédito y las cajas rurales, excepto en lo relativo a los resultados extracooperativos que tributan al tipo general.Los colegios profesionales, asociaciones empresariales, cámaras oficiales y los sindicatos de trabajadores.
Las entidades sin fines lucrativos a las que no sea de aplicación el régimen fiscalestablecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Las uniones, federaciones y confederaciones decooperativas.
Los fondos de promoción de empleo constituidos al amparo del artículo 22 de la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre Reconversión y Reindustrialización.
La entidad de derecho público Puertos delEstado y las autoridades portuarias.
c) Tipo del 20%. Resulta aplicable a las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas, excepto por lo que se refiere a los resultados extracooperativos, que...
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