Tipos de propiedad de derecho agrario
a) Propiedad pública:
-Bienes de dominio público: Art 27 p 4, 5 y 8./Bines de uso común./Bienes destinados al servicio público./Bienes propios.
-Bienes del dominio privado: Reservas naturales./Desarrollo urbano-hab./Regulación de la tenencia de la tierra (baldíos y nacionales).
-P.P Ciudades: Campo, cultivo rural
PROPIEDAD PRIVADA Rural
Pequeña propiedad: -Art27 Fr. XV y art 117 L.A./-Latifundio./-Excedencias (pequeños propietarios, ejidatarios y sociedades mercantiles) /1821 (Iturbide).
Propiedad plena: Uso/Goce /Disfrute
Colonia Nacionales: -R. Col. A y G 1980./-Baldíos 157 LA-99RLAOPR/-158 LA- 100 RLAOPR
-Jueces civil / -RPPC / -Not. Público.
PORPIEDAD SOCIAL → No hay propiedad plena
Ejido:
9-42 derechos ind. (Ejidatarios,avecindados, sucesión, órganos del ejido y asamblea)
43 Tierras y aguas del ejido (63 asentamiento, 73 tierras de uso común y 76 parcelas).
90 constitución de nuevos ejidos.
93 expropiaciones.
Comunidad → Arts 98-107
Ley de bienes nacionales (aquellos bienes de uso común.
TEORÍA DE LA PROPIEDAD ORIGINARIA DE LA NACIÓN:
Inicia con España y ésta se adjudica la propiedad para España y dejaen usufructo a los indígenas.
Derivada de esta teoría originaria (“la propiedad”) de ahí deriva el art 27 CPEUM.
Marco Legal supletorio—Art 2 LA.
Si se nacionaliza un bien, vuelve a ser propiedad del Estado.
Rural: se destina a la explotación agrícola, ganadera y forestal- Señala límites.
Latifundio: superficie de tierra que rebasa los límites del art 117 Fracción XV.
Ejidatarios:
Límite son 100 has, no se puede tener más, si se tiene más sería acaparamiento de tierras por que no puede ser dueño de más del 5% de tierras del ejido c/ ejidatario. En caso de que las tuviera tiene un año para enajenar las tierras dentro del propio ejido y si no lo hace se da en remate público.
Las sociedades mercantiles:
Una sociedad no puede rebasar 25 veces los límites para la pequeñapropiedad.
En la propiedad social sólo ejidos y comunidades encajan:
Sólo tienen uso y goce y no pueden vender a un 3ro ajeno (es posible dentro del ejido).
Si es posible llevar contratos dentro del ejido y con los mismos ejidatarios.
Los ejidatarios son sólo titulares de un derecho.
El propietario es el ejido, es una persona moral:
-Toma de decisiones en grupo.
-Comisariaso ejidalRepresentante.
La sucesión agraria no tiene nada que ver con la civil.
El testamento en materia agraria sólo habla de las parcelas y de uso común.
Testamento público certificado ante el RAN.
El certificado expedido al muerto se cancela y se expide uno nuevo a su sucesor.
La parcela es indivisible por que sólo es un derecho y sólo una persona puede ser el titular.
Del contexto del 1erpárrafo del Art 27 CPEUM se desprende 3 formas de propiedad:
1) pública
2) Privada.
3) Social.
Dentro de la propiedad la nación se reserva el dominio directo de todos aquellos recursos naturales, tierras, aguas, zócalos submarinos, islas, combustibles, espacio aéreo, mares, lagos, lagunas, ríos, esteras, transmitiendo la propiedad a los particulares, estos bienes pertenecen a la nación dentro de supatrimonio como propiedad pública.
La propiedad privada como consecuencia del principio de propiedad originaria de la nación reconoce la transmisión de su dominio a los particulares imponiendo ciertas modalidades, una de ellas es la expropiación. Dentro de esta forma de propiedad se clasifica:
1) Propiedad privada civil y 2) propiedad privada rural.
Dentro de la propiedad privada ruralencontramos:
a) La pequeña propiedad (es una de las formas de tenencia de la tierra). b) Nacionaleros. c) Colonias agrícolas y ganaderas.
a) LA PEQUEÑA PROPIEDAD:
El antecedente lo encontramos en las conferencias que dio León Degüit de 1911 que fueron retomadas en la constitución de 1917 y la Reforma del C.C de 1928.
Del contexto constitucional se desprende que la pequeña propiedad es una forma...
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