Titulacion supletoria
Antecedentes
El primer Código Civil Guatemalteco que entró en vigencia el 15 de septiembre de 1877, reguló en su cuerpo legal por primera vez y de manera concreta la legitimación de la posesión con fines registrales. Se establecieron figuras de la prescripción positiva o usucapión y la titulación supletoria como dos instituciones jurídicas distintas. Los títulossupletorios en su parte sustantiva se encontraban regulados en el título del libro III de la hipoteca en general. Y su parte adjetiva se encontraba regulada en el código de procedimientos civiles, por medio de lo que se llamo interdicto de adquirir, el cual podía tramitarse indistintamente ante el juez de primera instancia departamental o ante el juez de paz jurisdiccional, estableciendo laprohibición de probar la posesión a través de la declaración de testigos.
En cuanto a la titulación supletoria, establecía que el título supletorio era emitido para que el propietario que a la fecha de la publicación del código careciera de título hábil para la inscripción, pudiera inscribir su derecho.
El 10 de mayo de 1926, la asamblea legislativa, emitió el Decreto 1455 Ley de titulaciónsupletoria, en la cual se establecía como juez competente para conocer las diligencias de titulación supletoria, el de primera instancia del departamento en donde se encontraran ubicados los bienes, quien era competente para conocer de la solicitud presentada de manera personal o por medio de mandatario, justificando la posesión por diez años o más, aceptando como medio de prueba la declaracióntestimonial. Regulaba que al tiempo de posesión que tuviera el interesado el día de la solicitud, se le debía agregar la del causahabiente para el cómputo del término de diez años en su caso.
Al reformarse los dos primeros capítulos del Código Civil, la titulación supletoria quedó regulada en su parte sustantiva en el Decreto legislativo 1932 y la parte adjetiva en el Código de EnjuiciamientoCivil y Mercantil, Decreto Legislativo 2009, titulo segundo, denominado de los títulos supletorios, capítulo único. Tanto el trámite como los requisitos no sufrieron ninguna modificación.
Con la promulgación del Decreto Legislativo 2268 de fecha 16 de marzo de 1938, se aprobó el Decreto 2053 del Presidente de la República, por medio del cual se suspendió la tramitación de titulacionessupletorias con el fin de reformar el Código Civil que regulaba específicamente la titulación supletoria.
El 21 de abril de 1938 según Decreto 2039 de la asamblea legislativa, se derogó el capítulo que regulaba la tramitación de la titulación supletoria y entró en vigencia una nueva ley que transformó el trámite judicial en administrativo, a cargo de la sección de tierras.
Posteriormente se promulgóel Decreto Legislativo 2317 de fecha 25 de abril de 1939 conteniendo como únicas variaciones, la ratificación de la solicitud, la no intervención de mandatario, y la imposibilidad de titular los inmuebles ubicados en las fajas fronterizas por persona no nacidas en Guatemala.
Con la revolución de 1944, se emitió por parte de la Junta Revolucionaria de Gobierno, el Decreto número 70 de fecha 11de marzo de 1945, Ley de titulación supletoria, el cual establecía que quienes hubieran cultivado la tierra por un periodo no menor de 10 años sin título legal podía acudir en la vía voluntaria y ante un juzgado de primera instancia departamental a presentar la solicitud y tramitación del expediente.
El 3 de mayo de 1946, se promulgó el Decreto 232 del Congreso de la República, que ratificabael Decreto 70 de la Junta Revolucionaria de Gobierno, con la modificación que no se podía extender título supletorio de extensiones de terreno mayores de quinientas hectáreas, salvo que se tratara de terrenos labrados o cultivados, en cuyo caso el título supletorio amparaba cualquier extensión, siempre que ésta no excediera de 4502 hectáreas; Y las personas extranjeras naturales o jurídicas...
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