titulo 4 ds 132

Páginas: 8 (1891 palabras) Publicado: 1 de noviembre de 2014
Explotacin de Minas a Rajo Abierto CAPTULO PRIMERO Generalidades Artculo 237 Las minas a rajo abierto ya sean de minerales metlicos o no metlicos, deben ser explotadas mediante un sistema de graderas o bancos, cuyo ancho, alto y ngulos de taludes, sern determinados de tal forma que garanticen los mejores estndares de seguridad para las operaciones, tomando en consideracin, entre otros aspectos,factores tales como comportamientos geomecnicos de la roca, envergadura de los equipos de trabajo, planificacin de expansiones, carpetas de rodados. Artculo 238 En las minas a rajo abierto, que se desarrollen en las proximidades de lagos, ros, mares y otros afluentes, se debern determinar las distancias mnimas a stos, que aseguren la estabilidad de las excavaciones. La Administracin deber realizarestudios tendientes a determinar las distancias antes mencionadas y establecer los sistemas de monitoreo que garanticen un control permanente sobre esta condicin. Artculo 239 La empresa minera deber presentar, para la aprobacin del Servicio, los respectivos Reglamentos que definan estndares de trabajo, a lo menos de las siguientes operaciones a) Trnsito de vehculos y personas en la mina. b)Perforacin y tronaduras. c) Carguo y transporte de material. d) Sistemas de emergencias. El Servicio tendr un plazo de treinta (30) das para responder la solicitud, desde la fecha de presentacin de ella en la Oficina de Parte. Artculo 240 En la explotacin de materiales estructuralmente no consolidados, el diseo de los bancos deber estar en concordancia con la dimensin de los equipos, establecindose queel alto de los bancos no podr exceder la altura a la que se encuentra la cabina del operador, y el ngulo de talud no superior al ngulo de reposo. En la explotacin de placeres por medios hidrulicos se debern tomar las medidas de proteccin para evitar deslizamientos o derrumbes. Artculo 241 Toda mina a rajo abierto deber estar a una distancia mnima de cien metros (100m) de carreteras de circulacinhabitual, tendidos elctricos de alta tensin, vas de ferrocarril, lneas de suministro, que no tengan que ver con la explotacin de la mina, como tambin de zonas urbanas, debidamente sealizada y/o cercada, para evitar que personas extraas a la faena minera, accedan inadvertidamente a las zonas de trabajo. En casos especiales, el Servicio podr exigir el cerco total o parcial de la faena, como de otrasmedidas que cumplan con igual propsito. Artculo 242 Cuando se requiera explotar a rajo abierto cerca o sobre explotaciones subterrneas abandonadas, se deber contar con planos que indiquen la ubicacin de las labores y caserones explotados, conocer el mtodo de explotacin subterrneo usado y mediante sondajes, determinar el lmite de su socavamiento y posible presencia de agua. Artculo 243 Para poderexplotar simultneamente en una misma vertical zonas mineralizadas mediante labores subterrneas y a rajo abierto, se requerir la autorizacin del Servicio, previa presentacin de un proyecto, reglamento y procedimientos de explotacin, que respalde la viabilidad del sistema desde el punto de vista de las condiciones de seguridad. El Servicio tendr un plazo de sesenta (60) das para responder lasolicitud, desde la fecha de presentacin de ella en la Oficina de Parte. Artculo 244 No se permitir el trabajo simultneo de equipos de carguo en bancos, ubicados a diferente cota sobre una misma vertical, cuando dichos trabajos representen un peligro para la integridad de las personas y/o equipos. Artculo 245 Se deber mantener un control permanente en los frentes de trabajo, respecto del desmoronamiento ydesprendimiento de rocas susceptibles de generar accidentes, como asimismo de la estabilidad de las paredes y crestas de los bancos. La operacin de acuadura de bancos, deber hacerse mediante un procedimiento preparado por la empresa para tales fines, utilizando personal entrenado y con equipamiento que garantice una plena eficiencia de la operacin. Artculo 246 Toda persona que por estrictas...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Decreto supremo 132 titulo 4
  • Titulo iv ds 594
  • ds 132
  • Ncr Selfserv 4 Las Ds
  • CONTR CES DS A TITULO ONEROSO
  • 4 Grupo 132 T4y5 DCV
  • Ds 78 2 LEGISLACION 4
  • reforma al Ds 132

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS