TITULO VI CODIGO CIVIL

Páginas: 16 (3837 palabras) Publicado: 1 de diciembre de 2015
TITULO VI
DE LA TRADICION
Art.686.- La tradición es un modo de adquirir el dominio de las cosas, se adquiere un poder inmediato y directo sobre un bien, que puede ser ejercitado y hecho valer frente a todos.
Concordancias:
CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 595, 599, 603, 700, 702, 714
CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1459, 1757, 2077, 2286, 2288, 2337, 2339
CODIGO TRIBUTARIO, Arts.28
Responsable como adquirente o sucesor.- Son responsables como adquirentes o sucesores de bienes:
1. Los adquirentes de bienes raíces, por los tributos que afecten a dichas propiedades, correspondientes al año en que se haya efectuado la transferencia y por el año inmediato anterior;
2. Los adquirentes de negocios o empresas, por todos los tributos que se hallare adeudando el tradente,generados en la actividad de dicho negocio o empresa que se transfiere, por el año en que se realice la transferencia y por los dos años anteriores, responsabilidad que se limitará al valor de esos bienes;
LEY DE COMPAÑIAS, Arts. 10
Las aportaciones de bienes se entenderán traslativos de dominio. El riesgo de la cosa será de cargo de la compañía desde la fecha en que se le haga la entregarespectiva.
Si para la transferencia de los bienes fuere necesaria la inscripción en el Registro de la Propiedad, esta se hara previamente a la inscripción de la escritura de constitución o de aumento de capital en el registro mercantil.
Art.687.- Se llama tradente la persona que por la tradición transfiere el dominio de la cosa entregada y adquiriente la persona que por tradición adquiere el dominio dela cosa recibida.
Concordancias:
CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 28
Son representantes legales de una cosa, el padre o madre bajo cuya patria potestad.
CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 599
El dominio o propiedad es el derecho real en una cosa corporal para gozar de ella y disponer de ella.
CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1464, 1595, 1805, 2020, 2064
Lo que una personaejecuta a nombre de otra.
CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, Arts. 477
La tradición material se hará por el oficial de la Policía Nacional designado por la jueza o juez. La entrega se hará con intervención del depositario y en conformidad con el inventario formulado al tiempo del embargo. Las divergencias que ocurran se resolverán por el mismo juez de la causa.
Art.688.- PARA que la tradición seavalida debe ser voluntaria y hecha por su representante o el tradente.
Concordancias:
CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 7, 28
La ley no dispone sino para lo venidero: no tiene efecto retroactivo y en conflicto de una ley posterior con otra anterior
Son representantes legales de una cosa, el padre o madre bajo cuya patria potestad.
CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 694, 720
Si latradición se la hace por medio de mandatarios o representantes legales, el error de estos la invalida. La validación del titulo que en su principio fue nulo, efectuada por la ratificación o por otro medio legal, se retrotrae a la fecha en que fue conferido el titulo.
CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1461, 1710, 1759, 2064, 2314
Art.689.- La tradición para que sea valida requiere también elconsentimiento del adquiriente o representante. Pero la tradición que fue invalida, se valida retroactivamente por la ratificación.
Concordancias:
CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 7, 28
La ley no dispone sino para lo venidero: no tiene efecto retroactivo y en conflicto de una ley posterior con otra anterior
Son representantes legales de una cosa, el padre o madre bajo cuya patriapotestad vive su tutor o curador y lo son de las personas jurídicas.
CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1461, 1710
Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario, que sea legalmente capaz, que tenga una causa licita.
La ratificación para sanear la nulidad relativa es cuando el vicio del contarto es susceptible de este remedio puede ser expresa o tácita....
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Titulos codigos civil colombiano
  • titulo preliminar codigo civil
  • Título Preliminar Del Código Civil Peruano
  • TÍTULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO CIVIL PERUANO
  • Código civil libros, partes y títulos
  • Titulo preliminar de codigo civil peruano
  • Codigo Civil Venezolano Titulo Preliminar
  • codigo mercantil español libro II titula VI

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS