Titulo a 1.5 de las nsr
DISEÑOS, PLANOS, MEMORIAS Y ESTUDIOS
PRESENTADO POR: JUAN CARLOS LINARES FLÓREZ
JENNY FERNÁNDEZ
PRESENTADO A: SHARON DAYANA GUZMÁNGONZÁLEZ
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
PROGRAMA DE INGENIERÍA CIVIL
IBAGUÉ
2012
INTRODUCCIÓN
En el titulo llamado REQUISITOS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESISTENTE se toca el tema de El diseño, construcción y supervisión técnicade edificaciones en el territorio de la República de Colombia el cual se somete a los criterios y requisitos mínimos que se establecen en la Normas Sismo Resistentes Colombianas,las cuales comprenden: La Ley 400 de 1997,La Ley 1229 de 2008,El presente Reglamento Colombiano de Construcciones Sismo Resistentes, NSR-10.
En este título encontramos el enciso 1.5 el cual nos da a conocer los pasospara tener en cuenta en un proyecto como son los diseños, planos entre estos están (Planos estructurales, Planos arquitectónicos y de elementos no estructurales arquitectónicos, Planos hidráulicos y sanitarios, eléctricos, mecánicos y de instalaciones especiales9), memorias estructurales y Memorias de otros diseños las cuales acompañan a los planos y por ultimo vemos los estudios como lo esestudio geotécnico.
OBJETIVO
Como objetivo se tiene dar a conocer las pautas necesarias para el desarrollo y alguna parte de la clave para tener en cuenta a la hora de presentar unos proyectos constructivos, regidos por laNSR-10(norma de sismo resistencia del 2010).
DISEÑOS, PLANOS, MEMORIAS Y ESTUDIOS
DISEÑADOR RESPONSABLE: La responsabilidad de los diseños de los diferentes elementosque componen la edificación recae en los profesionales bajo cuya dirección se elaboran los diferentes diseños particulares. Se presume, que cuando un elemento figure en un plano o memoria de diseño, es porque se han tomado todas las medidas necesarias para cumplir el propósito del Reglamento y por lo tanto el profesional que firma o rotula el plano es el responsable del diseño correspondiente.Deben consultarse en el Título II de la Ley 400 de 1997, así como en el Capítulo A.13 de este Reglamento, las definiciones de constructor, diseñador arquitectónico, diseñador estructural, ingeniero geotecnista, propietario y supervisor técnico, para efectos de la asignación de las responsabilidades correspondientes.
En aquellos casos en los cuales en los diseños se especifican elementos cuyosuministro e instalación se realiza por parte de su fabricante o siguiendo sus instrucciones, el diseñador puede limitarse aespecificar en sus planos, memorias o especificaciones, las características que deben cumplir los elementos, y la responsabilidad de que se cumplan estas características recae en el constructor que suscribe la licencia de construcción y este cumplimiento debe ser verificado porel supervisor técnico, cuando la edificación deba contar con su participación según el A.1.3.9.
PLANOS: Los planos arquitectónicos, estructurales y de elementos no estructurales, que se presenten para la obtención de la licencia de construcción deben ser iguales a los utilizados en la construcción de la obra, y por lo menos una copia debe permanecer en archivo de la Curaduría, departamentoadministrativo o dependencia distrital o municipal encargada de expedir las licencias de construcción. La Curaduría Urbana o la dependencia municipal o distrital encargada de expedir las licencias de construcción, podrá solicitar una copia en medio magnético del proyecto estructural (planos y memorias), en los formatos digitales que ésta defina. En los proyectos que requieran supervisión técnica, deacuerdo con el presente Reglamento, se deberá cumplir adicionalmente con lo especificado en el Título I en relación con los planos finales de obra (planos record).
PLANOS ESTRUCTURALES: Los planos estructurales deben ir firmados o rotulados con un sello seco por un ingeniero civil facultado para ese fin y quien obra como diseñador estructural responsable. Los planos estructurales deben...
Regístrate para leer el documento completo.