TITULO V Administración de la Hacienda Pública Nacional CAPITULO I SECCIÓN PRIMERA Suprema Dirección de la Hacienda Pública Nacional Artículo 76.–La suprema dirección y administración de la Hacienda Pública Nacional corresponde al Ejecutivo Nacional, la cual ejercerá por medio de sus órganos legales, con arreglo a la Constitución y Leyes. Artículo 77.–El Ejecutivo Nacional nombrará y removerálibremente todos los empleados de Hacienda cuyo nombramiento y remoción no están atribuidos a otras autoridades o sometidos a formalidades especiales por las leyes o los reglamentos. Artículo 78.–El Ejecutivo Nacional está facultado para resolver los casos dudosos o no previstos en las leyes fiscales, procurando conciliar siempre los intereses del Fisco con las exigencias de la equidad. SECCIÓNSEGUNDA Los Ministros del Despacho Artículo 79.–Los ministros del despacho en la administración de la Hacienda Pública Nacional, tienen las siguientes atribuciones y deberes: 1.–Cuidar de que las oficinas de sus respectivos Departamentos que manejen ramos relacionados con la Hacienda Pública Nacional, funcionen de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias respectivas. 2.–Proponer alEjecutivo Nacional los reglamentos, resoluciones y demás medidas que fueren necesarias para la ejecución de las leyes fiscales y para la buena marcha de los servicios. 3.–Cuidar de que se ejerza y ejercer por sí mismo, cuando lo juzgare conveniente, la inspección de las oficinas dependientes de sus Departamentos, que administren bienes o rentas nacionales, y hacer practicar los inventarios y tanteosque fueren convenientes. 4.–Llevar y presentar las cuentas de los ramos de bienes, materias, rentas y erogaciones de sus Departamentos, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia y suministrar a las Oficinas de Hacienda y a la Contraloría de la Nación los datos necesarios para la centralización y examen de dichas cuentas. 5.–Atender a la preparación del proyecto dePresupuesto de Gastos de sus respectivos Departamentos conforme al procedimiento indicado en el artículo 181. 6.–Comunicar al Ministerio de Hacienda y a la Contraloría los datos relativos a los actos, contratos o arreglos que originen ingresos o egresos al Tesoro. Dicha comunicación deberá hacerse dentro del mes siguiente a la fecha de la conclusión del negocio. 7.–Ejercer las demás funciones que lesseñalen las leyes fiscales y sus decretos reglamentarios. Artículo 80.–Los Ministros del Despacho, como ordenadores de los gastos de sus respectivos Departamentos, tienen las siguientes atribuc iones y deberes: 1.–Hacer formar expediente o registro de todo servicio o gastos que autoricen. 2.–Hacer formar registro del personal del Departamento, de las fechas en que tomaron posesión los empleados y delos sueldos que devengan. 3.–Verificar si las acreencias cuyo pago se reclama están de acuerdo con los datos que constan en los expedientes y registros a que se refiere el inciso 1º; y si las relaciones demostrativas presentadas para el cobro de sueldos están conforme con los registros del personal. 4.–Liquidar las cantidades que deban pagarse por sueldos o gastos. 5.–Expedir la correspondienteorden de pago dirigida al Tesoro Nacional, para que este funcionario la haga pagar por el Agente del Tesoro respectivo, previa conformación de la Contraloría. 6.–Llevar la cuenta de los gastos de su Departamento conforme a las leyes y reglamentos sobre la materia. SECCIÓN TERCERA El Ministro de Hacienda Artículo 81.–Además de las funciones que los artículos 79 y 80 señalan a los Ministros delDespacho, el Ministro de Hacienda tendrá las atribuciones y deberes siguientes: 1.–Administrar el Tesoro Nacional, cuidando de que los fondos, provenientes del producto bruto de todos los ingresos nacionales, ya ordinarios, ya extraordinarios, se recauden, custodien e inviertan de conformidad con las leyes respectivas. 2.–Refrendar todos los actos del Ejecutivo Nacional que se relacionen con la...
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