Tmp_10933 Reglamento De Comprobantes De Venta Y Retencion2024052045
Gustavo Noboa Bejarano
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1011, publicado en el Registro Oficial No.
222 de junio 29 de 1999 se expidió el Reglamento de Facturación;
Que es pertinente ajustar las disposiciones reglamentarias relativas a los
comprobantes de venta y de retención a lasnecesidades actuales de los
contribuyentes y de la administración, con el objeto de facilitar el cumplimiento
de las obligaciones tributarias; y,
En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 5 del Artículo 171 de la
Constitución Política de la República,
Decreta:
Expedir el siguiente REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE VENTA Y DE
RETENCIÓN.
Capítulo I
DE LOS COMPROBANTES DE VENTA Y DE RETENCIÓN
Art.1.- Comprobantes de venta.- Son comprobantes de venta los
siguientes documentos que acreditan la transferencia de bienes o la prestación
de servicios:
a) Facturas;
b) Notas o boletas de venta;
c) Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios;
d) Tiquetes emitidos por máquinas registradoras;
e) Boletos o entradas a espectáculos públicos; y,
f) Los documentos a los que se refiere elartículo 13 de este reglamento.
Art.
2.Documentos
complementarios.Son
complementarios a los comprobantes de venta, los siguientes:
documentos
a) Notas de crédito;
b) Notas de débito; y,
c) Guías de remisión.
Art. 3.- Comprobantes de retención.- Son comprobantes de retención los
documentos que acreditan las retenciones de impuestos realizadas por los
agentes de retención en cumplimiento de lodispuesto en la Ley de Régimen
Tributario Interno, este reglamento y en las resoluciones que, para el efecto,
dictará el Director General del Servicio de Rentas Internas.
Art. 4.- Autorización de impresión de los comprobantes de venta y de
comprobantes de retención.- Los contribuyentes solicitarán al Servicio de
Rentas Internas la autorización para la impresión de los comprobantes de venta
y susdocumentos complementarios, así como de los comprobantes de
retención, a través de los establecimientos gráficos autorizados, en los términos
y bajo las condiciones del presente reglamento. Los comprobantes de venta,
sus documentos complementarios y los comprobantes de retención, tendrán un
período de vigencia de doce meses cuando el contribuyente haya cumplido
cabalmente con su obligación depresentar las declaraciones y haber efectuado
el pago de los impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas, en
lo que corresponda, y que no tengan pendiente de pago ninguna deuda firme
por los tributos administrados por el SRI o por multas. No procederá la
autorización sí, con motivo de cualquier acto administrativo efectuado por el
SRI, el sujeto pasivo no hubiere sido ubicado en eldomicilio que haya
declarado en el Registro Único de Contribuyentes.
Los contribuyentes también podrán solicitar al Servicio de Rentas Internas la
autorización para que dichos documentos puedan emitirse mediante sistemas
computarizados, en los términos y bajo las condiciones que establezca dicha
entidad.
El Servicio de Rentas Internas autorizará la utilización de máquinas
registradoras para la emisión detiquetes, siempre que correspondan a las
marcas y modelos previamente calificados por dicha institución.
Cuando por cualquier medio se hubiere verificado el incumplimiento de la
presentación de alguna declaración por parte del sujeto pasivo o que se
encuentre en mora en el pago del respectivo impuesto o de cualquier otra
obligación tributaria firme, el Servicio de Rentas Internas autorizará, poruna
sola vez, la impresión de los documentos con un plazo de vigencia de tres
meses, tiempo dentro del cual, el contribuyente deberá cumplir con sus
obligaciones tributarias a fin de que pueda ser autorizado para la impresión de
los documentos por el término anual.
El Servicio de Rentas Internas podrá ampliar el período de vigencia de los
comprobantes de venta, documentos complementarios y...
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