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SERVICIO DE PREVENCIÓN UCLM
6. NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD
EN LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS
6.1. Condiciones generales de seguridad y salud en los lugares y espacios de
trabajo
6.1.1. Condiciones generales de seguridad
En el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, se establecen las disposiciones mínimas de
seguridad y salud en los lugares de trabajo definidos como las áreasdel centro de trabajo,
edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder
en razón de su trabajo.
Cuando hablamos de la gestión de residuos, el lugar de trabajo corresponderá tanto a los
lugares o espacios de trabajo donde se generan los residuos, como al recorrido hasta el
almacenamiento temporal de estos residuos y el espacio destinado en cada edificio comoalmacén de residuos.
Todos estos espacios deberán cumplir las condiciones generales de seguridad en los
lugares de trabajo especificadas en el anexo de dicho Real Decreto. Las más destacables
son:
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Seguridad estructural
Los edificios y locales de los lugares de trabajo deberán poseer la estructura y solidez
apropiadas a sutipo de utilización.
Vías de circulación
Las vías de circulación de los lugares de trabajo, deberán poder
utilizarse conforme a su uso previsto, de forma fácil y con total
seguridad para los peatones o vehículos que circulen por ellas y
para el personal que trabaje en sus proximidades.
Vías y salidas de evacuación
Las vías y salidas de evacuación deberán permanecer expeditas y desembocar lo másdirectamente posible en el exterior o en una zona de seguridad.
Las vías y salidas de evacuación, así como las vías de circulación que den acceso a ellas,
no deberán estar obstruidas por ningún objeto de manera que puedan utilizarse sin trabas
en cualquier momento.
Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar cerradas, de
forma que cualquier persona que necesiteutilizarlas en caso de urgencia pueda abrirlas fácil
e inmediatamente. Asimismo, deberán estar señalizadas de manera adecuada y no deberán
estar cerradas con llave.
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Condiciones de protección contra incendios
Los lugares de trabajo deberán estar equipados con dispositivos
adecuados para combatir los incendios y, si fuerenecesario, con
detectores contra incendios y sistemas de alarma.
Los dispositivos no automáticos de lucha contra los incendios deberán ser de fácil acceso y
manipulación.
Instalación eléctrica
La instalación eléctrica no deberá entrañar riesgos de incendio o explosión. Los trabajadores
deberán estar debidamente protegidos contra los riesgos de accidente causados por
contactos directos o indirectos.6.1.2. Señalización de seguridad y salud
La entrada a los lugares donde se manipulen o se almacenen residuos deberán tener
visibles las señales de peligro que correspondan, así como las indicaciones de los equipos
de protección individual a emplear, indicado en el Real Decreto 485/1997, de 23 de abril,
sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. En la figura 6.1, se explica de un
modográfico los tipos de señales visuales existentes.
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COLOR ROJO
SIGNIFICADO:
COLOR VERDE
PARADA
SIGNIFICADO:
SEÑAL DE SALVAMENTO O
AUXILIO
PROHIBICIÓN
EQUIPOS DE LUCHA
CONTRA INCENDIOS
APLICACIÓN:
APLICACIÓN:
SEÑALES DE PARADA
SEÑALIZACIÓN DE PASAJES
Y SALIDAS DE SOCORRO
SEÑALES DE PROHIBICIÓN
VUELTA A LANORMALIDAD
DISPOSITIVOS DE
DESCONEXIÓN DE URGENCIA
PUESTOS DE PRIMEROS
AUXILIOS O SALVAMENTO
COLOR AMARILLO O AMARILLO
ANARANJADO
SIGNIFICADO:
SITUACIÓN DE SEGURIDAD
ATENCIÓN
COLOR AZUL
SEÑALES DE OBLIGACIÓN
SIGNIFICADO:
INDICACIONES
PELIGRO
APLICACIÓN:
APLICACIÓN:
SEÑALIZACIÓN DE RIESGOS
SEÑALIZACIÓN DE:
PASAJES PELIGROSOS
OBSTACULOS
OBLIGACIÓN DE LLEVAR
EQUIPOS...
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