Todas Sus Tareas
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Reglamento es de aplicación general e interés público,
cuyo objeto es normar la actividad relacionada con la administración,
funcionamiento, aseo del rastro y orden que deberá observarse para la matanza
de ganado fuera del Rastro Municipal, así como los establecimientos que
expendancarnicos.
Artículo 2.- El Rastro es un Servicio Público que compete al Municipio atento a lo
dispuesto por la fracción III del artículo 115 Constitucional.
Artículo 3.- La Prestación del Servicio Público de rastro será subministrado por
conducto de la Secretaría del Ayuntamiento y será supervisado por el Jefe de
Servicio.
Artículo 4.- El H. Ayuntamiento proporcionará en la Cabecera Municipal elservicio
de matanza de ganado en las instalaciones del Rastro Municipal y vigilará y
controlará la matanza que se realice en los demás centros de población del
Municipio, por conducto del Inspector del ramo y los Delegados, Subdelegados y
Jefes de Sector.
Artículo 5.- En las localidades donde no exista rastro, la Autoridad Municipal
autorizará un lugar para tal fin, debiendo cumplir lapersona que va a sacrificar al
animal, con todos los requisitos que señala el presente Reglamento.
Artículo 6.- El H. Ayuntamiento podrá concesionar el servicio de rastro a personas
o empresas responsables que brinden garantías, apegándose a lo dispuesto en el
presente Reglamento, previo otorgamiento de la fianza respectiva.
Artículo 7.- Cualquier carne que se destine al consumo público dentro delos
límites del Municipio estará sujeta a inspección por parte del Ayuntamiento, sin
perjuicio de que concurran con el mismo fin inspectores del Sector Salud.
Artículo 8.- Con el objeto de eliminar tensiones nerviosas de los animales que van
a ser sacrificados, éstos deberán descansar por lo menos 6 horas antes de pasar
al proceso de matanza.
Artículo 9.- Los animales deberán ser examinadosen pie y en canal y se señalará
cual carne puede dedicarse a la venta mediante la colocación del sello
correspondiente y aquella que no reúna las características necesarias para su
consumo será incinerada.
Artículo 10.- Queda prohibida la matanza de ganado fuera del Rastro Municipal
cuando las carnes sean destinadas al comercio o consumo público, a excepción
de lo dispuesto por elartículo 5 del presente Reglamento.
Artículo 11.- Todas las carnes en canal, que se encuentren para su venta en las
carnicerías o establecimientos autorizados, deberán ostentar el sello de Rastro
Municipal. Sin este requisito la carne será decomisada por considerarse
clandestina.
Artículo 12.- Los inspectores pueden exigir en todo tiempo a los expendedores
del producto de la matanza del ganado, loscomprobantes respectivos que
justifiquen haber satisfecho los requisitos sanitarios y municipales
correspondientes.
Artículo 13.- El transporte sanitario de carne forma parte del servicio público del
Rastro Municipal y el usuario pagará la cuota conforme a la Ley de Ingresos.
TÍTULO II
CAPÍTULO I
DE LAS AUTORIDADES Y SUS ATRIBUCIONES
Artículo 14.- Son autoridades competentes paraaplicar el presente Reglamento:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
El Presidente Municipal.
El Secretario del Ayuntamiento.
El Director de Finanzas y Tesorería.
El Jefe de Servicio.
El Administrador del Rastro.
Los Inspectores del Rastro.
Los Delegados, Subdelegados y Jefe de Sector.
Artículo 15.- Corresponde al Ayuntamiento:
I.
II.
III.
IV.
Vigilar y hacer cumplir, en la esfera desu competencia la Ley Estatal de
Salud, el presente Reglamento y Disposiciones aplicables.
Atender en los términos de este Reglamento el Control Sanitario del
Rastro.
Celebrar convenios con el Ejecutivo del Estado, Sector Salud,
Empacadoras y establecimientos autorizados para el sacrificio de
animales destinados al consumo humano.
Expedir disposiciones conducentes para preservar el...
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