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De acuerdo a esta Ley, a partir del 1º de marzo de 2007 hasta el 31 de Agosto de 2008 los colombianos que tengan en su poder una o más armas de fuego con el permiso vencidopodrán revalidar sus salvoconductos, sin importar cuanto tiempo lleven en esa situación.
La Ley aplica para las personas naturales y jurídicas que tienen en su poder armas de fuego debidamenteregistradas en el Archivo Nacional Sistematizado de armas del Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos, las cuales tienen vencido el salvoconducto para porte y tenencia.
Lasarmas que cobija la campaña son las clasificadas como de uso civil (defensa personal, colección y deportistas). Al entrar en vigencia la presente Ley y dentro del termino establecido, los ciudadanospodrán hacer entrega de cualquier tipo de arma de fuego que posean de forma ilegal, ya sea por falta de salvoconducto o permiso expedido por la Autoridad Militar competente o por no
tener la factura deventa expedida por el Comando General de las Fuerzas Militares o porque no han podido probar la legalidad de su origen o procedencia, conducta por la cual recibirán una compensación de dinero por cadaarma entregada, conforme a la tabla de avaluó de armas de fuego del Comando General de las Fuerzas Militares.
Para evitar congestiones y pérdidas de tiempo, se recomienda a la ciudadanía cumplircon los requisitos exigidos en la ley para que su solicitud sea atendida de manera oportuna o de lo contrario no se recibirá la documentación, esta diligencia se debe realizar personalmente (EVITE LOSTRAMITADORES) el horario de atención es de las 7:00 a.m. a las 2:00 p.m. en jornada continua en La Novena Brigada, Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos en Neiva.REQUISITOS PARA REALIZAR LA REVALIDACIÓN DE LOS PERMISOS VENCIDOS.
•Formulario unico nacional de tramites diligenciado (se adquiere en Indumil BR-9) con fotografía 3x4 (color) anexando las improntas...
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