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Páginas: 11 (2620 palabras) Publicado: 19 de agosto de 2013
“CODIGO TRIBUTARIO DE NICARAGUA”

Ley No. 562: La Gaceta, Diario Oficial No. 227 del 23/11/05
Ley No. 598: La Gaceta, Diario Oficial No. 177 del 11/09/06


Acción Ejecutiva

Arto. 173. La Administración Tributaria tendrá acción ejecutiva para perseguir al deudor de la obligación pendiente de pago, sus sucesores o representantes por obligaciones tributarias con saldos pendientes a sufavor que resulten de las propias declaraciones del contribuyente, de resoluciones firmes o sentencias de las autoridades correspondientes.

Las obligaciones tributarias exigibles deberán constar en un oficio que suscribirá de conformidad a la ley, el funcionario delegado y autorizado por el Titular de la Administración Tributaria.

Las garantías hipotecarias, bancarias, de prenda y otrostítulos valores, emitidas a favor del Fisco para respaldar obligaciones tributarias, se ejecutarán con el procedimiento contenido en el presente Capítulo.

Título Ejecutivo Administrativo.

Arto. 174. El oficio indicado en el artículo anterior que constituirá el Título Ejecutivo, deberá contener los siguientes requisitos:

1. Lugar y fecha de la emisión;
2.Nombre del obligado, su número de Registro ante la Administración y su domicilio;
3. Indicación precisa del concepto e importe del adeudo tributario con especificación, en su caso, del tributo y ejercicio fiscal, multa y recargo que corresponda, en su caso;
4. Constancia de haber efectuado la notificación con requerimiento de pago e indicación de iniciar el cobro ejecutivo; y,
5. Nombre yfirma del funcionario que suscribe el oficio.

Sección II

Del Juicio Ejecutivo

Tribunales Competentes.

Arto. 175. Serán tribunales competentes para conocer de estos juicios, los Jueces de Distrito para lo Civil del domicilio tributario del ejecutado, determinado conforme lo dispuesto en el presente Código, y en segunda instancia, el Tribunal de Apelaciones de la jurisdiccióncorrespondiente. Las apelaciones se tramitarán de conformidad con lo establecido en el Derecho Civil;

Presentación de la Demanda y Legitimidad de Personería.

Arto. 176. El funcionario competente para representar a la Administración Tributaria en el
Juicio Ejecutivo, será el Procurador Auxiliar de Finanzas, adscrito a la Dirección
General de Ingresos, quien demostrará su legitimidad deacuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; en su defecto el Titular de la Administración Tributaria podrá delegar esta facultad en el profesional 59del derecho debidamente incorporado a la Corte Suprema de Justicia que estime conveniente, debiendo acreditar en el escrito de demanda copia de la certificación del acta donde conste su nombramiento y elrespectivo título ejecutivo.

Solicitud de Embargo Ejecutivo.

Arto. 177. El Procurador Auxiliar de la Administración Tributaria, o en su defecto, el delegado por la Administración Tributaria para actuar en juicios ejecutivos en base al articulo que antecede, podrá solicitar al juez competente, decretar y ejecutar embargo ejecutivo sobre bienes, derechos, o acciones del contribuyente demandadoejecutivamente, con el fin de garantizar la recuperación efectiva del crédito fiscal, multas y sanciones, en su caso.



Mandamiento de Ejecución.


Arto. 178. Recibida la demanda, el juez examinará el título y dispondrá la ejecución, librando el correspondiente mandamiento y ordenando su notificación al deudor tributario.
No se abrirá posterior período de prueba.
La Fuerzapública prestará en forma inmediata el auxilio requerido por las
Administraciones de Rentas y/o autoridades tributarias, para el cumplimiento de resoluciones o tareas propias emanadas de las leyes tributarias y demás.

Contenido del Mandamiento.

Arto. 179. El contenido del mandamiento de ejecución, será el que establece el Código de
Procedimiento Civil.
Si la ejecución recayere...
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