Todo
procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos cometidos por algún miembro dela
delincuencia organizada. Sus disposiciones son de orden público y de aplicación en todo el territorio
nacional.
Artículo 2o.- Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar,en forma permanente
o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos
de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, comomiembros de la delincuencia
organizada: I. Terrorismo, previsto en los artículos 139 a 139 Ter y terrorismo internacional previsto en los
artículos 148 Bis al 148 Quáter; contra la salud,previsto en los artículos 194 y 195, párrafo
primero; falsificación o alteración de moneda, previstos en los artículos 234, 236 y 237; el previsto
en la fracción IV del artículo 368 Quáter en materia dehidrocarburos; operaciones con recursos
de procedencia ilícita, previsto en el artículo 400 Bis; y el previsto en el artículo 424 Bis, todos del
Código Penal Federal;
Fracción reformada DOF11-05-2004, 28-06-2007, 24-10-2011
II. Acopio y tráfico de armas, previstos en los artículos 83 bis y 84 de la Ley Federal de Armas de
Fuego y Explosivos;
III. Tráfico de indocumentados, previstoen el artículo 159 de la Ley de Migración;
Fracción reformada DOF 25-05-2011 LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
Artículo 3o.- Los delitos a que se refieren las fracciones I, II, III yIV del artículo anterior, que sean
cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada, serán investigados, perseguidos,
procesados y sancionados conforme a las disposiciones de esta Ley.Los delitos señalados en las fracciones V y VII de dicho artículo lo serán únicamente si, además de
cometerse por un miembro de la delincuencia organizada, el Ministerio Público de la Federación...
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