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Páginas: 117 (29091 palabras) Publicado: 4 de mayo de 2011
COMUNICACION B.C.R.A.“A” 5.042
Buenos Aires, 25 de febrero de 2010
Fuente: página web B.C.R.A.
Circ. CONAU 1-912. Normas mínimas sobre auditorías externas y controles internos para entidades financieras. Texto ordenado.
A las Entidades Financieras:
Nos dirigimos a Uds. a fin de hacerles llegar el texto ordenado de las normas de la referencia, que contiene las disposiciones emitidas hasta lafecha en la materia (incluyendo la Com. B.C.R.A. “A” 5.040 del 8/2/10).
Además se formaliza la incorporación del informe especial sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos por el B.C.R.A. para la activación de los saldos a favor por el impuesto a la ganancia mínima presunta, oportunamente emitido como anexo a las Com. B.C.R.A. “A” 4.295 y 4.316.
Saludamos a Uds. muy atentamente.BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
|Ricardo O. Maero, |Guillermo A. Zuccolo, |
|gerente de |subgerente general de Régimen Informativo y Central de |
|Régimen Informativo |Balances a/c |

[pic]
ANEXO
|B.C.R.A. |Texto ordenadode las normas mínimas sobre auditorías externas para entidades |
| |financieras |

Indice:
– Anexo I: “Disposiciones generales sobre auditorías externas”.
– Anexo II: “Planeamiento de las auditorías externas”.
– Anexo III: “Procedimientos mínimos de auditoría”.
– Anexo IV: “Informes de los auditoresexternos”.
|Versión: 1a. |Com. B.C.R.A. “A” 5.042 |Vigencia: 25/2/10 |Página 1 |

|B.C.R.A. |Normas mínimas sobre auditorías externas para entidades financieras |
| |Anexo I |

1. Designación:
Las entidades financieras deberán informar al BancoCentral de la República Argentina el nombre del contador público designado para efectuar la auditoría externa de sus estados contables y de otras informaciones que solicite esta institución, como también el término de su contratación, con indicación de las fechas de iniciación y finalización, expresado en ejercicios económicos a auditar. En los casos de profesionales que actúan a nombre de Estudios deContadores Públicos, deberán indicar, asimismo, la denominación de este último. Dicha designación, así como las correspondientes a cambios posteriores, deberán informarla por nota dentro de los quince días hábiles de producida, acompañada de los fórmulas 3830A, 3831A y certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal –extendido sin observaciones dentro del año deesa presentación–. Además, dicha documentación deberá remitirse anualmente antes de la finalización del primer trimestre económico y, de producirse cambios antes de la expiración del término de contratación, las entidades deberán indicar las causas que dieron lugar a ello.
La auditoría externa debe ser ejercida por contadores públicos designados por las entidades financieras que se encuentren encondiciones de ser inscriptos en el “Registro de auditores” habilitado en la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. Dichos profesionales no podrán desempeñarse al mismo tiempo en más de una entidad financiera, en la cual no ejercerán su función por más de cinco ejercicios consecutivos. Al discontinuar su tarea por cumplirse ese plazo máximo o un término inferior a él, deberátranscurrir un período por lo menos igual al de su actuación, para poder ser designado nuevamente en ella.
Las entidades financieras podrán, en caso de ausencias transitorias del país o enfermedad prolongada del auditor externo designado, nombrar e informar a este B.C.R.A., un segundo auditor externo, con carácter de interino, quien deberá cumplir con todos los requisitos exigidos para ejercer esas...
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