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En sentido legal, los códigos penales y la doctrina definen al "delito" como toda aquella conducta (acción u omisión)contraria al ordenamiento jurídico del país donde se produce. La doctrina siempre ha reprochado al legislador debe siempre abstenerse de introducir definiciones en los códigos, pues es trabajo de ladogmática.[1] No obstante, algunos códigos como el Código Penal de España (art. 10) definen al delito, pese a lo dicho.
La palabra delito deriva del verbo latino delinquere, que significa abandonar,apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley. La definición de delito ha diferido y difiere todavía hoy entre escuelas criminológicas. Alguna vez, especialmente en la tradición,se intentó establecer a través del concepto de Derecho natural, creando por tanto el delito natural. Hoy esa acepción se ha dejado de lado, y se acepta más una reducción a ciertos tipos decomportamiento que una sociedad, en un determinado momento, decide punir. Así se pretende liberar de paradojas y diferencias culturales que dificultan una definición universal.
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