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Autor No. 1, Tomo 12, pág. 2
“El acreedor disfruta de una garantía real cuando, en el patrimonio de su deudor, determinados elementos le han sido afectados de modo especial, de suerte que podrá reclamar un derecho de preferencia sobre el precio de venta de esos elementos.”
“El derecho de preferencia, atributo esencial y rasgo común de todas las garantías reales, es aveces reforzado por el derecho a embargar el bien en poder de cualquier persona en que se encuentre, de suerte que las garantías reales más enérgicas confieren una segunda prerrogativa, el derecho de persecución.”
Autor No. 6. Tomo1, vol. 1, Pág. 400.
"Su función es la de asegurar al acreedor, en el caso de un deudor incumplido, la consecución por equivalente de cuanto le era debido, pormedio de la venta forzada del bien y la consiguiente posibilidad de satisfacerse con el producto de la misma venta con preferencia de los demás acreedores no asistidos de garantía real. En concreto se trata de instrumentos dirigidos a vincular uno o más bienes del deudor o de un tercero a la satisfacción preferencial de los derechos del acreedor. Por lo tanto se habla de garantía específica de laobligación para diferenciarla de la garantía genérica que es el patrimonio del deudor para todos los acreedores, quienes a falta de una causa legítima de prelación tienen un derecho igual de satisfacerse sobre los bienes de aquel".
Autor No. 8. Tomo. 4. Edición 1.942, Pág. 606 a 610
"La garantía real se afecta al cumplimiento de una obligación con un bien determinado, sea mueble o inmueble.Para el acreedor hay un bien específico que responde el cumplimiento de su crédito; además lleva consigo dos derechos que le dan más fortaleza : persecución y preferencia. En virtud del primero se persigue la cosa en manos de quien se encuentre; en virtud del segundo, a cada remate de la cosa, el primero que se paga, es el acreedor a quien se dio la garantía. El deudor puede especular con el bien,pues no es el patrimonio el que responde, sino un bien determinado, que puede perseguirse a donde quiera que vaya para ejercitar el derecho de preferencia sobre él".
Autor No. 8. Tomo. 1. Edición 1.998, Pág. 302
"Afecta a bienes determinados y son reales porque la cosa vinculada a cumplir el crédito puede perseguirse en manos de terceros, si sale del patrimonio del deudor. Las garantíasespecíficas constituyen causa de preferencia o prelación de créditos. En virtud de la preferencia ciertos créditos deben pagarse con antelación a otros . El privilegio y la hipoteca son causa de preferencia y aunque no definido por ley el privilegio es la preferencia que refiere a ciertos créditos en razón de la naturaleza de la causa que los originó y que determina que ellos se paguen antes queotros.”
“Existen también garantías a cargo de terceros; pueden ser reales o personales. Personales cuando una persona diferente al deudor asume la obligación de cumplir el deber en caso de que éste no lo haga; son reales cuando una cosa del deudor o de un tercero queda especialmente afectada a la satisfacción del crédito, de manera que si la obligación no se cumple el acreedor se indemniza con elprecio de dicha cosa".
Autor No. 8. Tomo I. Edición 1998. Pág. 302
“ La garantía ha sido creada para que la responsabilidad no quede en el plano teórico, como un medio de seguridad (relativa) de lo que debido a su equivalente, aunque no suministrado, será por cualquier vía adquirido(...)."
“ La garantía real, es por oposición a la genérica, específica y afecta a bienes determinados deldeudor. (...) es real por que existe una cosa vinculada al cumplimiento del crédito y puede buscarse en manos de terceros si ésta sale del patrimonio del deudor. Es decir que una cosa del deudor o de un tercero queda especialmente afectada a la satisfacción del crédito, por manera que si la obligación no se cumple el acreedor se indemniza con el precio de la cosa”.
Autor No.9 (Tomo II...
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