Tortura
De naturalezajurídica discutida, mayoritariamente el Tribunal Supremo considera al albacea como un mandatario post mortem, un gestor de intereses ajenos, que se convierte por sus facultades y función en un cargoespecialísimo.
Pueden ser de diferentes clases: así por sus facultades puede ser universal o particular (art. 894.1 C.C.); por su número, uno o varios (art. 892 C.C.) y en este último caso puedenser nombrados mancomunada, sucesiva o solidariamente (arts. 894.2 a 897 C.C.); y, por su origen, testamentarios (art. 892 C.C.), legítimos (art. 911 C.C.) y dativos (art. 966 L.E.C.).
Estamos anteun cargo testamentario (art. 892 C.C.) que al mismo tiempo es voluntario, pues el designado no puede ser obligado a aceptarlo (arts. 898, 899 y 900 C.C.), es personalísimo (art. 909 C.C.) y gratuito(art. 908 C.C.), sin perjuicio de lo que corresponda por los gastos de partición u otros facultativos, como los de letrado. Por último, es un cargo temporal, siendo el testador el que puede ampliar eseplazo, e incluso prorrogarlo (arts. 904 y 905 C.C.), si bien esa prórroga también puede derivarse de la voluntad de los herederos (art. 906 C.C.) o del juez (art. 905.2 C.C.).
Es un cargo querequiere capacidad para obligarse (art. 893 C.C.), lo que excluye al menor (893.2 C.C.), si bien hay que entender que el menor emancipado podrá ser albacea e incluso la persona jurídica.
Nombrado elalbacea, y habiendo aceptado éste el cargo, deberá dentro del plazo señalado, llevar a cabo las funciones que el testador le haya asignado (art. 901 C.C.) y en otro caso las señaladas en el artículo 902C.C., sin olvidar la posibilidad de enajenar bienes muebles e inmuebles en el caso previsto en el artículo 903 C.C. (falta de metálico en la herencia sin que lo aporten los herederos, de forma que...
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