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El maltrato institucional
El concepto de maltrato institucional se comienza a utilizar para la década
del 1980 cuando el Estado impone la responsabilidad de investigar los referidos
sobreposibles situaciones de maltrato y negligencia institucional a dos (2)
instrumentalidades del Gobierno: el Departamento de la Familia y el
Departamento de Justicia. En aquel entonces se le confería alDepartamento de
la Familia la facultad de atender aquellos referidos que involucrasen a las
facilidades que no fueran administradas por dependencias del gobierno y
aquellas que no fueran públicas.El Departamento de Justicia, se encargaría
de atender todas aquellas situaciones correspondientes a instituciones públicas e
instituciones juveniles.
En la actualidad es por medio de la Ley Núm.177, supra.2, y la
reglamentación vigente que se constituye un procedimiento para atender
situaciones de maltrato y/o negligencia institucional. Como parte de dicho
procedimiento el Departamento dela Familia se encarga de atender aquellas
situaciones de maltrato y negligencia institucional que sean procedentes de sus
propias instituciones, sean administradas o no administradas por elDepartamento de la Familia; excepto las facilidades que albergan a menores
transgresores. Entre las facilidades o tipos de establecimientos que el
Departamento de la Familia por medio de su Unidad deMaltrato Institucional
(UMI) puede investigar se encuentran los Hogares de Crianza, los Hogares y
Centros de Cuidado Diurno, los Programas de Cuidado después de horas
escolares, las instituciones,albergues, Hogares de Grupos, las Unidades de
Tratamiento Psiquiátrico para Menores y las escuelas públicas o privadas.
Las facilidades o instituciones que brinden albergue u ofrezcan servicios
paratratamiento o detención de menores transgresores a tenor con la Ley Núm.
88 de 9 de julio de 1986, según enmendada, son las únicas que al día de hoy
continúan siendo atendidas por el Departamento de...
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