TP Derecho Internacional de los Derechos Humanos
Sin profundizar en extenso cabe mencionar que el mismo convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas en su artículo 8 y sus correspondientes incisos realiza una especie entrecruzamiento entre el derecho positivo vigente y el derecho indígena, mencionando: “…al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados deberán tomarse debidamente enconsideración sus costumbres o su derecho consuetudinario…” por ello, entra en cuestión considerar una costumbre cultural indígena, no receptada por la sociedad moderna, como una actividad ilícita. Por otro lado la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas aborda la problemática en su artículo N° 34 : Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar ymantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, practicas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos. Nuevamente la situación se torna engorrosa y conceptualizar a una costumbre ancestral indígena como una actividad ilícita, comienza a debilitarse aun más, yaque nuestro escenario jurídico sustentado tanto por el Convenio de la OIT como la declaración de las Naciones Unidad sobre los Pueblos Indígenas logran esclarecer los distintos puntos de la problemática.
Teniendo en consideración este pequeño panorama legal, podemos distinguir dos situaciones aquellos que se inclinan por una posición discriminatoria negativa ,apoyándose sobre la base del derechopositivo vigente, la igualdad ante la ley, posturas anteriores al reconocimiento de la pluralidad cultural que suponían que las pautas del derecho occidental constituían el modelo al que debían adaptarse los modos de vida diferente que consideran que tales costumbres constituían una violación a aquel modelo social; o aquellos que se enrolan en una posición de discriminación positiva la que sesustenta en un marco de medidas acción positiva ( receptando costumbre indígena en la legislación vigente) teniendo como finalidad la de salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo y el medio ambiente de los pueblos indígenas.
Retomando el artículo 8 del Convenio 169 de la OIT , donde explícitamente ordena a la legislación jurídica vigente tomar debidamente en consideraciónsus costumbres o su derecho consuetudinario siempre que estas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocido, alentando el establecimiento de procedimientos para solucionar los conflictos que puedan surgir de la aplicación de este principio.
Considerando este breve esquema de análisis,considero totalmente infundada la posibilidad de que esta práctica sea discriminatoria del resto de la comunidad (Convenios de la OIT sobre los Pueblos Indígenas Articulo 8 Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas Artículos 21, 22 y 46)
2) Sobre la base de la Declaración de Universal de los Derechos Humanos (10 de diciembre de 1948), se reflexiono mucho...
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