TP FALLO

Páginas: 7 (1594 palabras) Publicado: 9 de septiembre de 2015
TEMA ANÁLISIS -Fallo RIZZO JORGE GABRIEL S/ ACCIÓN DE AMPARO C/PODER EJECUTIVO NACIONAL, LEY 26855, MEDIDA CAUTELAR Buenos Aires, 13-JUN-13
Revista: Ediciones Especiales

Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) s/ acción de amparo c/ Poder Ejecutivo Nacional, Ley Nº 26.855, medida cautelar (Expte. Nº 3034/13)
CSJN. RECURSO EXTRAORDINARIO. Salto de instancia. Convocatoriaelectoral. Elección de miembros del Consejo de la Magistratura. Inconstitucionalidad de los Artículos 2º, 4º, 18 y 30 de la Ley Nº 26.855 y el Decreto Nº 577/2013. Gravedad institucional.
Estado Nacional si interpone recurso extraordinario por salto de instancia en autos: "Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) s/ acción de amparo c/ Poder Ejecutivo Nacional, Ley Nº 26.855, medidacautelar (Expte. Nº 3034/13)".
Buenos Aires, 13 de junio de 2013
Vistos los autos: "Estado Nacional s/ interpone recurso extraordinario por salto de instancia en autos: 'Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) s/ acción de amparo c/ Poder Ejecutivo Nacional, Ley Nº 26.855, medida cautelar (Expte. Nº 3034/13)' Y E.127.XLIX "Estado Nacional s/ interpone recurso extraordinario porsalto de instancia en autos: 'Traboulsi, Carlos Lionel s/ promueve acción de amparo c/ Poder Ejecutivo Nacional, Ley Nº 26.855, medida cautelar (Expte. Nº 3041/13)'".
Considerando:
1º) Que la señora juez del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal, Secretaría Electoral, hizo lugar a las demandas promovidas en estas actuaciones y declaró la inconstitucionalidad delos Artículos 2º, 4º, 18 y 30 de la Ley Nº 26.855, y del decreto del Poder Ejecutivo Nº 577/2013. En consecuencia, la señora magistrada dejó sin efecto jurídico la convocatoria electoral prevista en dichos textos normativos para la elección de miembros del Consejo de la Magistratura.
Contra dichos pronunciamientos el Estado Nacional dedujo ante esta Corte sendos recursos extraordinarios por salto deinstancia, en los términos del Artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (conf. Ley Nº 26.790). 
2º) Que a juicio de esta Corte concurren los requisitos de marcada excepcionalidad que, con arreglo a lo dispuesto en el texto normativo aplicable, justifican habilitar la instancia del Artículo 14 de la Ley Nº 48 prescindiendo de la intervención previa del tribunal de alzadaque, como la Cámara Nacional Electoral, ha sido expresamente contemplado por la ley para revisar decisiones de esta naturaleza (Artículo 44 del Código Electoral Nacional Ley Nº 19.945), a la par que constituye regularmente el superior tribunal de la causa a los fines de la procedencia del recurso extraordinario (Ley Nº 4.055, Artículo 6º).
3º) Que ello es asi, pues el planteo constitucionalventilado en estas actuaciones concierne de modo directo e inmediato a la composición de una de las autoridades de la Nación creada por la Constitución Nacional, que cuenta con atribuciones de alta significación en el estado constitucional (Artículo 114). A lo expresado se suma que la sentencia recurrida trae como efecto la cancelación de un procedimiento electoral mediante el sufragio universaldestinado a cubrir cargos públicos electivos, circunstancia de gravedad institucional. Por último, al encontrarse en curso un cronograma electoral estructurado en diversas etapas que se integran con plazos breves y perentorios explícitamente contemplados, sólo la decisión final por parte de esta Corte de las cuestiones constitucionales planteadas permitirá evitar situaciones frustratorias de losdiversos derechos puestos en juego en estas actuaciones.
4º) Que en las condiciones expresadas, tratándose de sendas causas de competencia federal en que las sentencias impugnadas han decidido de modo definitivo las cuestiones constitucionales suscitadas en la litis (Artículo 14, inc. 1º, Ley Nº 48), corresponde hacer lugar a las presentaciones efectuadas.
5º) Que las razones de urgencia que hacen...
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