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El art 68 de la Constitución otorga a los legisladores la inmunidad de expresión.
Esto significa que los legisladores no van a poder ser acusados, procesadospenalmente o molestados por las opiniones que expresen en ejercicio de sus funciones.
La inmunidad de expresión tiene como objetivo proteger a los legisladores de presiones y amenazas a fin de que puedandesempeñar en forma independiente y libre el mandato conferido por el pueblo.
Las expresiones que están protegidas son aquellas hechas en sesiones de la Cámara, en reuniones para redactar un proyectode ley, en informes o escritos, en publicaciones en la prensa sobre su opinión; al emitir su voto en la Cámara y en comisiones especiales.
El art 69 otorga a los legisladores la inmunidad de arrestoo procedimiento penal.
Esto quiere decir que esta inmunidad es la garantía que tienen los legisladores de no ser arrestados o detenidos sin importar cual sea el delito del que se los acuse.
Estainmunidad dura desde el momento en que el legislador fue electo hasta que finaliza con su mandato.
Se les puede iniciar juicio penal al legislador teniendo esta inmunidad siempre y cuando no se afecte sulibertad física, es decir, no puede ser detenido u obligado a ir a declarar salvo que se proceda a su desafuero (art 70).
Durante el estado de sitio esta inmunidad sigue vigente. El presidente nopuede aplicar el art 23 (derecho de arresto durante el estado de sitio) a los legisladores.
Desafuero
“Desaforar” significa suspender (que no es lo mismo que remover) en sus funciones al legisladoracusado, para ponerlo a disposición del juez que deba juzgarlo por el delito del que se lo acuso.
Se puede llegar al desafuero a través de una serie de pasos:
El juez, a través de un oficio, le pide ala Cámara el desafuero del legislador en cuestión y junto con el oficio manda también un informe.
La Cámara analiza el informe en juicio público y va a decidir sobre la gravedad o no del hecho del...
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