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MODULO 2
A.S.A
TRABAJO PRÁCTICO 1
PLANTA FISICA Y EQUIPAMIENTO
Profesora : Lic .Rosa Olivera
Alumnas: Michelle Meeus
Soledad Depaoli
Gabriela Peloso
1. Pensando en el servicio de alimentos para un Hospital con 100 raciones por día; leer y especificar todos los artículos del CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO (Cap. 2) que son de cumplimientoobligatorio, que se corresponden a:
A) Planta Física
Código Alimentario Argentino
NORMAS DE CARACTER GENERAL (DE LOS ESTABLECIMIENTOS EN PARTICULAR)
Artículo 18
Los Locales de las Fábricas y Comercios de alimentos instalados en el territorio de la República Argentina deben cumplir las siguientes normas de carácter general:
1. Deberán mantenerse en todo momento bien aseado, no se permiteutilizarlos con ningún otro destino.
2. En las fábricas y locales donde se manipulen productos alimenticios no se permite escupir, fumar, mascar tabaco o chicle o comer.
3. Durante las horas de trabajo el aire deberá renovarse por lo menos tres veces por hora y su composición deberá responder a las exigencias del Artículo 23.
4. La capacidad de dichos locales no será inferior a 15 m cúbicos porpersona. La superficie total de las aberturas en los espacios donde se trabaje no será, en general inferior a la sexta parte de la superficie del suelo en locales de hasta 100 m2 y a la décima parte en locales de superficie mayor.
Se admitirá menor superficie de aberturas siempre que se aumente proporcionalmente la capacidad por persona que trabaje en el local o el índice de renovación del aire.5. La iluminación se hará por luz solar, siempre que sea posible y cuando se necesite emplear luz artificial, ésta deberá ser lo más semejante a la natural.
6. En los locales donde se manipulen o almacenen productos alimenticios envasados o no y que comuniquen o no con el exterior, las aberturas deberán estar provistas de dispositivos adecuados para evitar la entrada de roedores, insectos,pájaros, etc.
7. Los productos elaborados, como las primeras materias y los envases, deberán tenerse en soportes o estantes adecuados y en caso de estibas, éstas serán hechas sobre tarimas o encatrados convenientemente separados del piso a una altura no menor de 0,14 metros".
8. En los locales de elaboración sólo se deberán tener las primeras materias necesarias con exclusión de todo otro producto,artículo, implemento o material.
9. La existencia en las usinas y fábricas de productos devueltos por presentar defectos de elaboración o conservación supone la intención de utilizarlos (reelaboración, corrección, reesterilización, etc.), y no podrá justificarse con ningún argumento, por lo que sin perjuicio del decomiso e inutilización correspondiente, se penará en todos los casos esa tenencia.Se admite un plazo de 48 horas hábiles para la tenencia en ambientes separados, de las devoluciones para control de las mismas, pudiendo los inspectores exigir las constancias respectivas.
10. Las firmas comerciales propietarias de establecimientos, usinas y fábricas son responsables de todo producto que envíen a la venta con defectos de elaboración o deficiencias en el envase, noadmitiéndose, en el caso de comprobación, excusa alguna que pretenda atenuar o desviar esta responsabilidad.
Antes de ser introducidas en el proceso o en un punto conveniente del mismo, las materias primas deben someterse a inspección, clasificación o selección según sea necesario para eliminar las materias inadecuadas.
Estas operaciones se realizarán en condiciones sanitarias y de limpieza.
Paracontinuar las operaciones de tratamiento sólo deberán emplearse materias limpias y sanas.
Las materias primas deberán lavarse según sea preciso para separar la tierra o cualquier otra contaminación. El agua que se emplee para estos fines no deberá recircularse a menos que se la trate y mantenga en condiciones que no constituya un peligro para la salud pública. El agua empleada para lavado,...
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