Tránsito hacia la doctrina de la protección integral
Doctrina de Situación irregular
Doctrina de Protección integral
Sólo contempla a los niños, niñas y adolescentes
más vulnerables, aquienes denomina “menores”, intentando dar solución a las situaciones
críticas que atraviesan, mediante una respuesta estrictamente judicial.
La infancia es una sola y su protección se expresa
en laexigencia de formulación de políticas básicas universales para todos los niños.
El niño o “menor” al que van dirigidas estas leyes no es titular de derechos, sino objeto
de abordaje por parte de lajusticia.
El niño, más allá de su realidad económica y social, es sujeto de derechos y el respeto de
éstos debe estar garantizado por el Estado.
El juez interviene cuando considera que hay“peligro material o moral”, concepto que no se define, y permite “disponer del niño, tomando la medida que crea conveniente y de
duración indeterminada”.
El juez sólo interviene cuando se trata deproblemas jurídicos o conflictos con la ley penal;
no puede tomar cualquier medida y si lo hace debe tener duración determinada.
El Estado interviene frente a los problemas económico-sociales queatraviesa el niño a través
del “ Pa t r o n a t o” ejercido por el sistema judicial,
como un “patrón que dispone de su vida”.
El Estado no es “patrón” sino promotor del bienestar de los niños.Interviene a través de
políticas sociales planificadas con participación de los niños y la comunidad.
El sistema judicial trata los problemas asistenciales
o jurídicos, sean civiles o penales, a travésde la figura del Juez de menores.
El sistema judicial trata los problemas jurídicos
con jueces diferentes para lo civil (adopción, guarda, etc.) y lo penal. Los temas asistenciales son tratados porórganos descentralizados en el nivel local, compuestos
m u l t i s e c t o r i a l m e n t e .
Considera abandono no sólo la falta de padres,
sino también aquellas situaciones generadas por...
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