TR MITE Y EMISION DE LOS CHEQUES DE VIAJERO
Son librados por el librador a su propio cargo y serán pagados por su establecimiento principal o por sus sucursales. Alentregar el cheque de viajero el librador al beneficiario, éste estampará su firma en lugar adecuado del título. El que pague o reciba el cheque deberá verificar laautenticidad de la segunda firma del tenedor, cotejándola con la firma puesta ante el librador. La falta injustificada de pago del cheque de viajero dará acción al tenedorpara exigir, además de la devolución de su importe, el pago de daños y perjuicios sin necesidad de protesto. Art. 535 al 541 código de comercio.
REQUISITOS NECESARIOSPARA SU VALIDEZ:
Para su circulación y cobro necesitan de tres firmas, siendo una de ellas la de la institución creadora y dos del tomador o beneficiario, prescriben en2 años. Art. 537 código de comercio.
¿ES OBLIGATORIO QUE UN TERCERO LO RECIBA COMO MEDIO DE PAGO?
Si se pueden recibir pero no es obligatorio, debido a que este tipode cheque se puede utilizar como medio de pago. Art. 540 Código de comercio. Art. 540 código de comercio
¿SI NO SE HACEN EFECTIVOS LOS CHEQUES DE VIAJERO ES POSIBLEPROTESTARLOS?
Si es posible, ya que los cheques tienen dos formas de protestarlos que son las siguientes:
Por medio de acta notarial
Con anotación del banco o de lacámara de compensación
Ahora bien, en base al articulo 539 del código de comercio se faculta al tenedor del cheque de viajero a exigir la devolución de su importe el pago dedaños y perjuicios sin necesidad del protesto, en caso de que el cheque no ha ya sido pagado sin justificación. Art. 399,511 Bis y 539 del código de comercio.
Regístrate para leer el documento completo.