trabajador social
REGLAMENTO TIPO DE COPROPIEDAD
PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES
C.LEGAL
Resol.
Nº230
FEBRERO 2007
FECHA
D.O. 17.06.97
MATERIA
Publica Reglamento Tipo de Copropiedad para
Condominios de Viviendas Sociales.
R.C.C.V.S.
0.1
REGLAMENTO TIPO DE COPROPIEDAD PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES
2
R.C.V.S.
JUNIO 1998
LISTARECAPITULATIVA
PAGINA
FECHA
(Febrero 2007)
PAGINA
FECHA
TITULO VI
DE LOS DERECHOS DE USO Y GOCE
EXCLUSIVO
0.1
0.3
1
Febrero 2007
Febrero 2007
Junio 1998
6
Junio 1998
TITULO I
DE LOS CONDOMINIOS DE VIVIENDAS
SOCIALES
TITULO VII
DE LA ENAJENACION, ARRENDAMIENTO O
GRAVAMEN DE BIENES DE DOMINIO COMUN
2
7
Junio 1998
Junio 1998
TITULO II
DE LOS DERECHOS YOBLIGACIONES
ENTRE LOS COPROPIETARIOS DEL
CONDOMINIO
TITULO VIII
DE LA CONTRIBUCION A LOS GASTOS
COMUNES
3/4
8
9
Junio 1998
TITULO IX
DE LA ADMINISTRACION DEL CONDOMINIO
TITULO III
DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS.
4
Junio 1998
Junio 1998
Junio 1998
10
11
Junio 1998
Junio 1998
TITULO IV
DE LOS BIENES DE USO COMUN
5
Junio 1998
TITULO V
DEL DERECHODE LOS COPROPIETARIOS
SOBRE LOS BIENES DE DOMINIO COMUN
5
FEBRERO 2007
Junio 1998
R.C.C.V.S.
0.3
REGLAMENTO TIPO DE COPROPIEDAD PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
APRUEBA REGLAMENTO TIPO DE COPROPIEDAD
PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES.
Santiago, 07 de Abril de 1998.- Hoy se resolvió lo que
sigue:
Núm.230.- Visto: ElTítulo IV de la ley Nº 19.537, sobre
Copropiedad Inmobiliaria, en especial lo previsto en su
artículo 43 y en el inciso primero de su artículo
transitorio, dicto la siguiente
RESOLUCION:
JUNIO 1998
R.C.C.V.S.
1
REGLAMENTO TIPO DE COPROPIEDAD PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES
TITULO I
De los Condominios de Viviendas Sociales
Artículo 1º.- Apruébase el siguiente ReglamentoTipo de Copropiedad para los Condominios de
Viviendas Sociales regidos por el Título IV de la Ley Nº 19.537, en adelante la ley.
Artículo 2º.- Para los efectos del presente reglamento se entenderá por unidades los inmuebles
que forman parte de un condominio de viviendas sociales, sobre los cuales es posible constituir
dominio exclusivo.
Las unidades que integran el condominio, como asimismolos bloques o sectores
en que éste se divide, los estacionamientos que correspondan a la cuota mínima obligatoria que
señale el plan regulador y los bienes de dominio común, deben singularizarse en los planos del
condominio aprobados por el Director de Obras Municipales.
Artículo 3º.- De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 43 de la ley, el primer reglamento de
copropiedad de un condominiode viviendas sociales deberá reducirse a escritura pública e
inscribirse en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces, sea que
éste se ajuste íntegramente al presente reglamento tipo o el que resulte de las adaptaciones a
éste que efectúe la persona natural o jurídica propietaria del condominio.
El cumplimiento de las formalidades señaladas en el inciso anteriorconstituye una
exigencia previa para la obtención del certificado que declare acogido el condominio al régimen de
copropiedad inmobiliaria.
Artículo 4º.- Los condominios de viviendas sociales se regirán por las disposiciones especiales
del Título IV de la ley. En lo no previsto en dicho Título y siempre que no se contraponga con lo
establecido en él, se sujetarán a las normas de caráctergeneral contenidas en los restantes
Títulos de la ley y en su reglamento.
2
R.C.C.V.S.
JUNIO 1998
REGLAMENTO TIPO DE COPROPIEDAD PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES
TITULO II
De los Derechos y Obligaciones entre los
Copropietarios del Condominio.
Artículo 5º.- El presente reglamento de copropiedad regula el régimen administrativo interno y
los derechos y obligaciones de...
Regístrate para leer el documento completo.