trabajador
Trabajadores y trabajadoras que realizan labores del hogar: Lostrabajadores y trabajadoras que prestan sus servicios en un hogar o casa de habitación o a una persona determinada para su servicio personal o el de su familia, tales como:
- Choferes particulares,
-Camareros, camareras,
- Cocineros, cocineras,
- Jardineros, jardineras,
- Niñeros, niñeras,
- Lavanderos, lavanderas,
- Planchadoras, planchadores, y
- Otros oficios de esta misma índole.
Laspersonas que presten los servicios anteriormente mencionados se regirán por lo contenido en esta Ley a todos sus efectos.
Las normas que rigen las relaciones laborales de los trabajadores y trabajadorasque realizan labores para el hogar serán establecidas en una ley especial, elaborada con amplia participación de los trabajadores anteriormente mencionados, y sus organizaciones sociales.Trabajadores y trabajadoras a domicilio: Es toda persona que en su hogar o casa de habitación ejecuta un trabajo remunerado, con o sin ayuda de sus familiares, bajo la dependencia de uno o varios patronos, sinsu supervisión directa, y utiliza para ello materiales e instrumentos propios, suministrados por el patrono o su representante, y está amparado por las disposiciones contenidas en el presenteCapítulo. Estos trabajadores gozan de los derechos relativos a la seguridad social.
Se considerará patrono de los trabajadores a domicilio, a la persona natural o jurídica que se beneficie o contrate directao indirectamente al trabajador a domicilio y, en consecuencia, estará obligado al pago de todos los derechos y obligaciones establecidos en esta ley. El patrono deberá cumplir con el pago de la...
Regístrate para leer el documento completo.