trabajo 1
38 J.P.
SENTENCIA
Lima quince de mayo Del dos mil uno.- VISTA; La causa penal seguida contra AMADOR MADUEÑO ALCA, JOEL CELIS LUNA, VICTOR PALMA BUENO por los delitos de lesión culposa y abandono de persona en peligro, en agravio de Naomi Vizcarra Roque, APARECE DE AUTOS: Que a mérito de denuncia de parte de fojas uno a tres y denuncia Fiscal de fojas veinticuatro a veintisiete,se dictó auto apertorio a fojas treinta, que reunidos los elementos probatorios pertinentes y cumplido los trámites que a su naturaleza corresponden, fueron remitidos al Despacho de señor Fiscal Provincial, quien emite acusación escrita a fojas veintisiete, y oída la requisitoria oral, así como los alegatos de la defensa, ha llegado la oportunidad procesal de expedir sentencia, y CONSIDERANDO;Que la que la denuncia remitida por la cuarentaidos Fiscalía Provincial, de Naomi Vizcarra Roque por haber sido objeto de negligencia médica durante la operación por divertículo de vejiga en la que se ligó indebidamente el uréter derecho acasionando la anulación de función e infección con posterior extirpación del órgano renal derecho y por haber sido expuesta a peligro en los días posteriores aesta intervención quirúrgica por los acusados quienes tenían a la agraviada bajo su responsabilidad y cuidado profesional, hecho que se consumó al no haber sido atendida diligentemente obligándola al alta contra su voluntad; Que efectuado el reconocimiento médico legal y pericial, estudio y análisis de la historia clínica original se concluye que la agraviada tenía ambos riñones en buen estado defuncionamiento y morfología antes de la primera operación destinada a la cura quirúrgica del divertículo de vejiga y que posteriormente a la misma presenta severo compromiso de su morfología traducido en hidronefrosis y anulación de su función relacionado con la ligadura del uréter derecho que negligentemente se realizó durante ésta primera intervención; La declaración instructiva a fojas 31,32 delacusado médico Amador Madueño Alca, quien niega los hechos imputados, refiriendo que la intervención quirúrgica que realizó a la agraviada el diecinueve de marzo del dos mil uno, lo hizo observando todos los pasos técnicos que se deben cumplir ante una operación por divertículo de vejiga y que la operación transcurrió normalmente; que no ligó el uréter derecho tal como se afirma porque realizó elpaso de cateterizar previamente los uréteres para asegurar no lesionarlo, solicitando al final de la operación al anestesiólogo coloque a la paciente dos ampollas de lasix endovenoso para forzar la diuresis y que observó que por los dos meatos ureterales fluía orina normalmente, por lo que no se ligó el uréter derecho, hecho que se confirma con la lectura del reporte operatorio que aparece en lahistoria clínica Nº 1944137 rehecha. Concluyendo el acusado Amador Madueño Alca que la extirpación del riñón derecho se debió a una infección renal severa con abscedación la que se presentó mucho tiempo después de la operación por lo que no tiene relación ninguna con el primer acto operatorio practicado. A fojas 34,35,36 obra la instructiva de Joel Celis Luna, quien niega los hechos imputados,refiriendo que durante la operación del divertículo de vejiga realizada el diecinueve de marzo del dos mil uno, no se realizó ligadura del uréter derecho porque se observó las normas técnicas y que la pérdida del riñón se debió a una infección que se presentó mucho tiempo después de la cirugía. Que los días siguientes que continuaron después de la operación la agraviada presentó en su evolución doloreslumbares comprensibles debido a un efecto postanestésico pasajero y que la fiebre que presentó fue leve, lo que constituye riesgos comunes en toda operación, los que fueron tratados adecuadamente con analgésicos, antipiréticos y antibióticos. El alta de la agraviada del dieciocho de abril del dos mil uno, con sonda de Foley colocada, se debió a que ésta presentaba signos de irritabilidad...
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