trabajo de campo
MODELO PARA EL TALLER DE ANALSIS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
1. ACTO ADMINISTRATIVO NACIONAL, DEPARTAMENTAL, DISTRITAL O
MUNICIPAL SEGÚN EL CASO: Debe realizar la Transcripción íntegra del acto.
1.1. ACTO ADMINISTRATIVO DE CARÁCTER DEPARTAMENTAL:
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE NARIÑO
RESOLUCIÓN No. 027
(Febrero 2 de 2005)
Por la cual se dacumplimiento a un fallo que hace efectiva una sanción
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE NARIÑO, en uso de sus
atribuciones legales y
CONSIDERANDO
Que mediante Oficio No. 333 TUT 2003-2179 MMS de 25 de enero de 2005, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca notificó a la Asamblea Departamental de Nariño la decisión proferida el 15 dediciembre de 2004, mediante la cual acata el fallo de la Corte Constitucional del 4 de noviembre de 2004 que revocó la sentencia proferida por el Superior y en su lugar DENEGO la tutela de la referencia,
Que en consecuencia queda en firme el fallo 044 de septiembre 20 de 2002 proferido por la Procuraduría Regional de Nariño, que ordena la destitución como sanción principal y la accesoria deinhabilidad para ejercer funciones públicas por el término de tres (3) años a los doctores OTMARO BELALCAZAR DORADO, JULIO CESAR BETANCOURT, GERARDO RAMON DE LOS RIOS CHAVARRIAGA, RICARDO JURADO CALVACHE,
JORGE EFRAIN MONTENEGRO MIER, AMPARO DE JESUS RUEDA BURBANO, EDUARDO RAFAEL ORDOÑEZ CASTILLO y SAULO ERNESTO PUPIALES GOMEZ
Diputados a la Asamblea Departamental de Nariño correspondientes al período2001- 2003.
Que es deber de la Asamblea Departamental de Nariño, acatar y comunicar la decisión de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Cumplir el fallo emanado por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, en contra de los doctores OTMARO BELALCAZAR DORADO,JULIO CESAR BETANCOURT, GERARDO RAMON DE LOS RIOS CHAVARRIAGA, RICARDO JURADO CALVACHE, JORGE EFRAIN MONTENEGRO MIER, AMPARO DE JESUS RUEDA BURBANO, EDUARDO RAFAEL ORDOÑEZ CASTILLO y SAULO ERNESTO PUPIALES GOMEZ como Diputados a la Asamblea Departamental de Nariño del período 2001-2003 de acuerdo a los considerandos de la presente.
ARTICULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha desu
expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los dos (2) días del mes de febrero de dos mil cinco
(2005).
JUAN ALEJANDRO BETANCOURT CORDOBA
Presidente de la Asamblea Departamental
2. CLASE DE ACTO ADMINISTRATIVO
(Aquí podrá incluirse la clasificación legal vista en clase, es decir, actos definitivos, actos de trámite, actos preparatorios, de ejecución ocumplimiento, o bien cualquier clasificación doctrinal, prevista en cualquier libro de DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL.
Para el presente caso, la “Resolución No. 027 de Febrero 2 de 2005”, “Por la cual se da cumplimiento a un fallo que hace efectiva una sanción”, no es un acto administrativo definitivo; es un acto administrativo de simple cumplimiento, a tenor del artículo 49 del CódigoContencioso-administrativo, por cuanto éste procede a dar cumplimiento a una decisión jurisdiccional de la Sala Jurisdiccional disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca.
Contra esta clase de actos administrativos de la Asamblea Departamental, no procede ningún recurso administrativo (ordinario o extraordinario), así como tampoco recurso contencioso-administrativo posterior (v.gr. desimple nulidad, nulidad o restablecimiento o de reparación directa).
3. FORMA EXTERNA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
(La forma externa del acto administrativo, en principio puede ser: RESOLUCION, DECRETO, CIRCULAR, DIRECTIVA PRESIDENCIAL, ACUERDO MUNICIPAL, ORDENANZA DEPARTAMENTAL, ACUERDO DISTRITAL, etc. En la forma externa se determina también el ámbito de aplicabilidad: Nacional, Departamental,...
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