Trabajo de Derecho
La presentación fue realizada en rueda de prensa llevadaadelante en Torre Ejecutiva, con la participación del Secretario de Presidencia de la República, Dr. Homero Guerrero; el Ministro de Salud Pública, Dr. Jorge Venegas; el Subsecretario, Prof. Dr. Leonel Briozzo e integrantes del grupo inter direccional que ha trabajado la temática, incluido el equipo de Salud Sexual y Reproductiva.
En la oportunidad, Guerrero realizó una introducción al tema, recordandoque los legisladores dieron 30 días al Ejecutivo, después de promulgada la Ley (22 de octubre), para presentar esta reglamentación. Pasados 10 días de firmado, el decreto entra en vigencia.
Por su parte, Venegas señaló que “el Ministerio de Salud Pública, ha remitido a la Presidencia de la República en el plazo que el Poder Legislativo estableció, la reglamentación de la Ley 18.987”.
“Estamosconvencidos que lo que presentaremos hoy es un avance sustancial, pero estamos seguros que la práctica nos dará elementos, y esa experiencia que acumulará el sistema, sin duda será vital para futuras modificaciones. En este tema, Uruguay está siendo pionero, y como tal no hay muchos ejemplos de donde tomar experiencias”.
El jerarca agradeció “el esfuerzo realizado por el equipo técnicomultidisciplinario, que en un trabajo denodado elaboro con alto grado de profesionalidad un producto de más de cuarenta artículos, que respetan integralmente a la salud y el cuidado de la vida de nuestras usuarias del Sistema Nacional Integrado de Salud por parte del personal de salud, por encima de escalas de valores, creencias y visiones filosóficas, entre otros aspectos, dedicando lo máximo en calidad técnicay sobre todo humana”.
“El invalorable aporte del Subsecretario, grado cinco, con una vasta y rica experiencia, a diario, en nuestro emblemático Pereira Rossell, como coordinador de los equipos; y la excelente disposición de la Secretaría de Presidencia asesorando desde lo jurídico, fueron la colaboración pertinente para la entrega en plazo de esta reglamentación”.
Manual y guías de procedimientopara los equipos de salud
Campaña de información a la población usuaria
El Ministro manifestó que “esta Ley, 18.987, tiene un importante antecedente en la Ley de Salud Sexual y Reproductiva”; es decir, que “esta reglamentación es una parte integrante de un todo, que se inicia con la Nº 18.426 que comienza a poner sobre el papel una fórmula integral que prioriza la promoción y prevención en elcuidado en todas sus formas”.
“En esta legislatura, se sancionó la Ley 18.987. Se encomendó elaborar la reglamentación en un plazo breve, 30 días. En MSP generamos, como ya expresamos, varios equipos que trabajaron simultáneamente coordinados por el Subsecretario: así se elaboró un proyecto de Reglamento que hoy es Decreto”.
Venegas agregó que “estamos preparando un manual y guías de procedimientopara los equipos de salud”, así como también “una campaña de información para la población usuaria del sistema de salud”; para lo cual “pediremos la máxima colaboración de los medios de comunicación para dar difusión a esta normativa”.
Por otra parte, el titular de la Cartea de Salud destacó que “es fundamental trabajar en educación”.
“Cuando el presidente Mujica asumió, dijo que había que trabajaren la Educación, Educación y Educación, y ésta, en materia de salud sexual y reproductiva, es la clave para tener un Uruguay más saludable y minimizar los riesgos y situaciones no deseadas”.
“La educación es la herramienta más eficaz para evitar las enfermedades contagiosas de trasmisión sexual (sida, sífilis), el cáncer de cuello de útero, los embarazos no deseados y sobre todo los embarazos...
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