Trabajo derecho
Hay que distinguir entre las prescripcionesde los derechos y las acciones mientras haya relación laboral o cuando dicha relación haya terminado. En primer caso, cuando está vigente un contrato se prescriben en el plazo de dos añoscontados desde la fecha que se hicieron exigibles, no existiendo plazo para ejercer la acción, de forma que ésta subsiste mientras se mantiene vigente la relación laboral. En segundo caso, cuando se haextinguido la relación laboral, los derechos prescriben igualmente en el plazo de dos años contados desde que se hicieron exigibles, por lo tanto, la acción para exigir el cumplimiento de losmismos prescribe en el plazo de seis meses, contados desde la terminación de los servicios.
4. Un contrato de trabajo existe cuando se presentan estos tres escenarios:
Prestación personal delservicio: Esto significa que el trabajo debe ser realizado única y exclusivamente por el o la persona trabajadora contratada y no por otra persona. La persona trabajadora siempre será una personafísica.
Salario o remuneración: Es la suma de dinero que recibe la persona trabajadora de parte de la persona empleadora, a cambio del trabajo que realiza.
Subordinación: Es la situación en que seencuentra la persona trabajadora en relación con la persona empleadora (física o jurídica) que recibe los servicios y paga por ellos.
Por tanto, habrá contrato de trabajo cuando sea cual seasu forma, siempre que una persona física ejecute obras o actos o preste servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de esta, durante un tiempo determinado, mediante una remuneración.
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